Los comisarios destinados fueron el doctor don Cristóbal Gutiérrez de Medina, cura de la santa iglesia catedral de México, y el doctor don Miguel de Ibarra, que llegados a la Puebla se alojaron en el convento de San Agustín, donde erigieron tribunal y procedieron contra muchos delincuentes que remitieron a las cárceles de México. Se tomó esta providencia a petición de don Antonio Gaviola, fiscal del santo oficio y de don Pedro Melián, fiscal de Su Majestad, que conforme a la obligación de su cargo no cesaban de manifestar a los señores obispos y virrey tan graves desórdenes como resultaban, y cuanto se podían temer mayores cada día en la ciudad y obispado de la Puebla y aun en toda la Nueva-España. La petición que en 2 de mayo presentó al excelentísimo conde de Salvatierra, el fiscal don Pedro Melián, pasó Su Excelencia en el mismo día al doctor don Mateo de Cisneros, su asesor general, cuya respuesta, aunque difusa, ha parecido poner aquí por contenerse en ella un compendio de todo lo sucedido hasta entonces. Dice así: «Exmo. Sr. Habiéndose recusado la real audiencia a pedimento de la Compañía de Jesús a causa de su subordinación al Sr. obispo visitador, con quien litigaba, en que siguió V. E. el superior dictamen del real y supremo consejo de Indias, que proveyó lo mismo en caso semejante y menos circunstanciado; y habiéndose fecho demostración por parte de la Compañía de los autos de los jueces conservadores en cumplimiento del decreto de V. E. de 30 de marzo, proveído al escrito presentado —303→ este día por el Sr. fiscal de esta real audiencia, en que habiendo salido por incitativa del Sr. obispo, representando las reales cédulas que previenen la atención con que deben estar los superiores magistrados para en los casos de permitir el uso de las bulas conservatorias, etc., etc., etc.».
Mientras que en México por parte del fiscal de Su Majestad, del excelentísimo señor virrey, del señor arzobispo, del santo tribunal de la fe, del reverendísimo comisario de San Francisco y otras muchas graves personas por tan diversos respetos y caminos se deseaban y procuraban los medios de paz, el ilustrísimo señor don Juan de Palafox, que, como dijimos, había rotulado por públicos excomulgados a los maestros que en el colegio del Espíritu Santo enseñaban gramática y retórica, aunque había ya antes conforme al concilio Tridentino y cédulas de Su Majestad erigido el seminario de San Pedro, cuyos colegiales y aun los mismos familiares de Su Ilustrísima cursaban las escuelas de la Compañía; sin embargo, instituyó cátedras en otro nuevo colegio de San Juan Evangelista, y destinó maestros que acudiesen a la enseñanza, así de los colegiales de dicho colegio como de los del seminario de San Pedro. A este efecto promulgó el día 21 de mayo un edicto prohibiendo so pena de excomunión mayor, latae sententiae una protrina canonica monitione praemissa, y de dos mil ducados, que ninguna persona de cualquier estado, calidad o condición que sea, por sí ni por interpuesta persona se atreva a impedir que todas las personas que quisieren ayudar al dicho colegio a ser enseñados, ni tampoco se atrevan a molestar, afligir ni causar daño alguno en las personas y padres de familia que envían a sus hijos a dicho colegio, ni en sus bienes directa ni indirectamente, ni con título o color alguno. Este edicto cargado de semejantes penas en una materia en que no parecían necesarias, dio desde luego algún cuidado a los jesuitas, y el efecto mostró después que no fueron vanos sus recelos. Si algún joven de nuestros estudios quería pasar a los nuevos de San Juan y no querían sus padres, incurrían en las censuras y se procedía contra ellos como incursos en la excomunión y pena pecuniaria, camino por donde muchos honrados vecinos afectos a la Compañía tuvieron mucho que padecer y quedaron expuestos a los resentimientos del provisor y otros oficiales del ilustrísimo, de quienes al mismo tiempo se experimentaron grandes vejaciones en los estudiantes de la Compañía, cuyos negocios sin otra causa tenían lo bastante para salir mal despachados. Entre tanto tomado cada día mayor cuerpo las diferencias, había parecido necesario —304→ que el señor virrey impartiese el auxilio real a los reverendos conservadores para hacer respetar su autoridad y ejecutar libremente sus proveimientos, lo que hasta allí apenas había podido tener efecto alguno por las violencias del provisor de la Puebla, que por este mismo tiempo hizo el virrey venir a México. Los religiosos jueces habían ya declarado incurso en las penas de su primer edicto, y fijado de participantes al ilustrísimo señor obispo, golpe que Su Señoría recompensó con otro más sensible juntamente y más ruidoso. Hizo erigir en su iglesia catedral un triste túmulo cubierto de bayetas. El pueblo lleno de terror desde la noche antes con el lúgubre clamor de las campanas, que casi sin interrupción se habían tocado a anatema, concurrió con tropel inmenso a este espectáculo. El señor obispo acompañado de la mayor parte de su cabildo salió de su palacio y sin perdonar alguna de las pavorosas ceremonias que prescribe el ritual, apagó candelas, las arrojó al suelo, las pisó anatematizando solemnemente a los dos reverendos conservadores y a los religiosos de la Compañía; el uno procurador del colegio, y el otro maestro de teología. Predicó después el señor obispo explicando y aplicando a los sujetos las tremendas ceremonias de aquel acto, y lamentándose de la desgraciada suerte de aquellas almas endurecidas, sobre quienes se había llegado a descargar un golpe tan doloroso. El vulgo quedó tan encendido contra la Compañía que a no impedirlo el Señor, inspirando a algunas piadosas personas que velaron toda la noche en las calles de nuestros colegios les hubieran (como se supo después) entregado a las llamas.
Este furor y desarreglo del pueblo que cada día se aumentaba considerablemente, hizo tomar en México la resolución de que los conservadores auxiliados del brazo secular, así para la seguridad de sus personas, como para remedio de tantos desórdenes pasasen personalmente a la Puebla. Con la noticia de esta resolución el ilustrísimo señor don Juan de Palafox escribió al fiscal de la real audiencia la siguiente carta, cuya copia en papel sellado autorizada en toda forma, se guarda en el colegio máximo de México: «Persona celosa del servicio de S. M. me ha avisado cómo los padres de la Compañía, con extraordinarias diligencias y empeños han conseguido con el Sr. virrey que imparta el auxilio para que se ejecute lo que proveyeren y han proveído los religiosos de Sto. Domingo, que nombró por conservadores el provincial de la Compañía. Y aunque este aviso es en materia que con dificultad se le puede dar crédito por estar el pleito tan en sus principios, no declarada ni asentada —305→ su jurisdicción, con todo, me sirvió de motivo para significar a V. que si es cierto lo que se me avisa, que traen consigo personas para inquietar esta república y obispado, y que vienen con este ánimo, son muchos los inconvenientes que pueden resultar al servicio de Dios y de Su Majestad; porque aunque yo deseo tanto la quietud y paz pública de estos reinos y la solicito con todo desvelo, es muy de temer que no seré tan poderoso, que pueda sosegar a un vulgo entero si se prendiese algún fuego. V. como ministro de Su Majestad tenga advertido este aviso, y propóngalo al señor virrey, representándole éstos y otros daños que se pueden recelar etc.».
Esto escribía Su Excelencia Ilustrísima con fecha 27 de mayo. Aun con mayor urgencia se explicó algunos días después en estos términos: «En esta ciudad se va haciendo grande prevención de armas hacia los conventos de San Agustín y de la Compañía, y se procede con grande inquietud aguardando cada día una desdicha. El pueblo ha sentido vivamente este último edicto de esos dos frailes en que se arrojan a mandar que no obedezcan a su obispo en lo espiritual, cosa escandalosa en provincias católicas. Hace publicado por algunos religiosos que cada día aguardan hombres facinerosos de México, para que introduzcan aquí una desdicha. Yo exhorto a la paz a mis súbditos privada y públicamente; pero los accidentes de estas materias solo Dios puede prevenirlos. Cada día amenazan grandes inquietudes y desasosiegos, sin que pueda saberse qué fin han de tener. Vuelvo una, dos y tres veces a requerir a V. en nombre de Su Majestad, como visitador general de estos reinos y su consejero, y como prelado y vasallo del rey nuestro señor que ponga el remedio en esto que S. M. manda por cédula de 19 de mayo de 1603, y que aseguren mi persona y ministros con pública y notoria demostración, protestándoles que todos los daños muertes, alborotos e inquietudes, que de no remedar esto cae el señor virrey pudieren resultar, sean, por cuenta de la omisión que en esto V. tuviere, y la de estos señores, pues como ministros de Su Majestad, están obligados a sustentar en paz estas provincias, y no dejar al arbitrio de un abogado lo que fio de tales y tan graves ministros. Y para que en todo tiempo conste y pueda hacer fe, y para el perjuicio que de derecho hubiere lugar, envío a V. ésta en papel sellado, y válgome de estos medios por los recursos que ha quitado el señor virrey a todas estas causas. Guarde Dios a V. muchos años. Ángeles 6 de junio de 1447».
Tales eran los temores del ilustrísimo y excelentísimo señor don Juan de Palafox; pero cuán lejos estuviese la Compañía de Jesús de buscar hombres facinerosos —306→ para inquietar, ni de prevenir armas, o los reverendos conservadores de llevarlas, lo manifiesta bien la carta respuesta del doctor don Pedro Melián, en que este prudente ministro, sin faltar al respeto y aun a la inclinación que profesaba a tan gran prelado, le da bastantemente a entender que no se ignoraba en México el origen de sus recelos. La carta del señor fiscal dice así: «Exmo. Sr. He diferido responder a las cartas de V. E. que he recibido estos días, esperando de uno en otro que encaminase Dios los medios más convenientes para serenar esta borrasca y asegurar la quietud pública, que tan aventurada se considera. Mas ya que perdida esta esperanza, veo que caminándose por una y otra parte con mayor tesón, se descubren tan declarados los empeños y cercanos los peligros, como se conoce por las cartas de V. E., en especial la de 27 de mayo, y con más aprieto en la de 6 de este mes que acabo de recibir, no queda otra diligencia a mi obligación ni otra puerta a mi confianza, que echarme a los pies de V. E. a suplicarle como su antiguo servidor y como fiscal y ministro de S. M., que por el amor que V. E. debe y tiene a su servicio, y por su celo al de Dios y al bien público, haciendo una heroica demostración de uno y otro, y de la prudencia y demás talentos que con esa necesidad se le encargaron, ponga V. E. en ejecución lo que como afirma y creemos más solícita y desea, y abra camino a los medios con que pueda, no solo detenerse y templarse, sino sosegarse del todo esta disidia que a tan peligroso estado ha reducido las cosas. Al señor virrey hablé luego y mostré la carta de V. E., y se ha puesto en cuidado con ella, asegurándome que se interpondría a pedir a V. E. lo mismo, por lo que desea el servicio de nuestro Señor, el de Su Majestad y la quietud y sosiego de esta república. Yo vuelvo a suplicará a V. E. se sirva de abrazar este camino, pues cualquiera que excuse los escándalos que se padecen y los peligros y males que amenazan, es seguro a la conciencia, honesto a la opinión, y muy provechoso a la conveniencia de todos. Y hesme preciso para más inclinar a V. E. valerme de su mismo argumento, pues debe pesar más la quietud universal de un reino para que no se turbe, se aventure o se pierda, que la pretensión del provisor, para que cuando más justificada se detenga y reduzca a pedir lo que no se le podrá negar por términos más templados y más suaves; y más cuando V. E. afirma que no será poderoso a sosegar un vulgo entero si algún fuego se prendiese. Con que se halla V. E. más obligado a quitar la disposición y disipar la materia, porque nunca puede parecer que la dio a —307→ que ardiese sin remedio, quien la deja prender sabiendo que después no ha de poder remediarse. Y en cuanto a la prevención de las armas tampoco excuso advertir a V. E. que ha días se dice por acá con publicidad que por V. E. se comenzaron a prevenir. Creo yo que no será así, o será con probable causa para la defensa permitida. ¿Pero de quien, Señor, la necesita por semejante medio en provincias del rey nuestro señor, un prelado tan venerable, un consejero suyo tan conocido y un visitador general tan autorizado, a quien por su sangre y persona tantas atenciones se deben? Por acá he hecho lo que me ha tocado, y réstame solo esta instancia que muy de corazón hago a V. E., a quien otra vez suplico, y cuantas de derecho sean necesarias, con toda veneración y respeto, requiero se sirva de admitir a la composición de este disturbio los medios más convenientes, protestando los daños que de lo contrario resultaren. Y quedo con mucha confianza en la prudencia y grandes obligaciones de V. E. que le ha de deber el reino su quietud, y Su Majestad este singular servicio que se aventaje a los otros. Guarde Dios a V. E. en la felicidad y gusto que deseo. México 10 de junio de 1647.- Dr. D. Pedro Melián».
En la Puebla por este mismo tiempo por parte del cabildo eclesiástico se pidió a la ciudad le ayudase en la súplica que intentaban hacer al excelentísimo señor virrey en orden a que dispusiese con su benignidad algún medio para que cesasen las discordias entre el señor obispo y los religiosos de la Compañía de Jesús, a que satisfizo la ciudad nombrando de su parte a dos de sus capitulares, que fueron el alférez mayor don Gerónimo de Salazar Méndez Montes, y don Alonso Díaz de Herrera. Entre tanto el conde de Salvatierra, solicitado de las cartas misteriosas del señor obispo, escribió a la misma ciudad, y su alcalde mayor don Agustín Valdés y Portugal, culpándoles de no haber dado aviso algo, no a Su Excelencia de los peligros que amenazaban y que prevenía el señor obispo en sus cartas. Junto el cabildo en 15 de junio respondió a Su Excelencia, que la ciudad no tenía de que avisarle, porque los desórdenes que se podían temer en el pueblo eran solo en materia espiritual por las excomuniones que se fulminaban de una y otra parte, y no por algún motín o levantamiento, en lo cual la ciudad estaba muy atenta a cumplir con su obligación en lo que le tocaba del real servicio. En este mismo cabildo propuso el dicho alcalde mayor a los capitulares, cómo el excelentísimo había escrito al señor obispo visitador una carta, la cual había entregado por su mano el escribano de cabildo, en que le amonesta —308→ de su parte y le pide con instancia, y le requiere en nombre de Su Majestad, elija medios para que cesasen dichas controversias, proponiéndole el que le parecía más a propósito con ejemplares de que en otras ocasiones se había dado Su Majestad por bien servido. Exhibió también otro capítulo de carta escrita al mismo alcalde mayor, en que le decía quisiera que llegase aquella a sus manos antes que hubiesen salida de la ciudad los comisarios que iban a la súplica, por cuanto la controversia que el señor obispo tenía con los religiosos de la Compañía, la había pasado a Su Majestad y a Su Excelencia con términos muy ofensivos a la ciudad de la Puebla por haber escrito a los ministros de la real audiencia que estaba dicha ciudad apeligrada, y que no tendría fuerzas para apagar el fuego que en ella se encendiese por el amor que insinuaba le tenían sus ovejas, y que por él faltarían al natural de su rey. Concluía el excelentísimo previniendo a la ciudad estuviese muy unida con su alcalde mayor, asistiéndole cuidadosamente en todo para que con más autoridad se representase la real justicia. La ciudad respondió que si las partes interesadas con malicia habían escrito así para alterar los ánimos, ella no había reconocido en sus vecinos algún movimiento que pudiese dar cuidado, pues si lo hubiera, daría luego noticia a Su Excelencia con la solicitud debida a su quietud, mirando siempre el mayor servicio de Su Majestad. Añadió, que el haber enviado los capitulares comisarios, era solamente a la súplica y no a otra cosa, y en cuanto al amor que el señor obispo insinuaba, satisfaciese el mismo alcalde mayor a Su Excelencia. Lo que hemos dicho en todo esto consta por el testimonio de los citados cabildos, inserto en la representación que la misma Cesárea ciudad de la Puebla hizo a Su Majestad tres años después, el 23 de abril de 1650, firmada por diez de sus capitulares, y que hemos puesto a la letra para que se vea cuales eran los hombres facinerosos, y la prevención de armas que tanto cuidado daban al ilustrísimo señor Palafox.
Por otra parte, se había recibido en México, carta de Su Excelencia Ilustrísima con fecha 11 de junio en que parecía remitir a la prudencia y justificación del señor virrey el negocio. El capítulo de carta escrita al señor fiscal don Pedro Melián dice así: «En ésta diferencia mi deseo no ha sido más que asegurar estas almas. El Sr. conde es naturalmente virtuoso, y por su sangre nobilísimo. No he de creer yo que fiando materias de mi conciencia de su elección dejará de ser la más segura para mí. V. y el Sr. D. Pedro de Oroz son varones doctos y que no querrán que yo me condene ni los padres de la Compañía se perjudiquen, sino que cediendo —309→ en algo todos, se tome algún honesto acomodamiento por la paz que es amable y necesaria. Y así yo lo dejo en manos del Sr. virrey con la conferencia y consulta de V. y del Sr. D. Pedro. Oigase a los religiosos de la Compañía, propónganseles medios que parecieren más proporcionados, y remítanseme por si yo tuviere alguna cosa que proponer, y después de oído yo por S. E. se resuelva como quien gobierna estas provincias en provisión, o como mandare lo que estuviere mejor a las partes, que todos lo cumpliremos en la forma que fuere servido. ¿Quién podía desconfiar de una propuesta tan racional firmada del sujeto más autorizado que ha tenido la América? En efecto, esta carta llenó de consuelo a los señores arzobispo y virrey, y a todas las personas que se interesaban en la pública quietud. En su consecuencia el excelentísimo pasó un oficio al Sr. fiscal D. Pedro Melián en estos términos: "Para mañana a las nueve he resuelto hacer junta para conferir los medios que se ofrecen en estas diferencias entre el Sr. obispo de la Puebla y la Compañía de Jesús y sus jueces conservadores, a que conviene asista V., y que por un rato deponga el oficio de fiscal, pues yo depongo el de virrey, interponiéndome como medianero, por juzgar que es servicio de Su Majestad, a que todos debemos la primera atención. Y del celo, letras y prudencia de V. fio que traerá discurrido lo que pareciere más conveniente a este fin, que es lo que yo deseo, y que guarde Dios a V., muchos años. Palacio 14 de junio de 1647.- El conde de Salvatierra». La misma citación se hizo a los demás interesados, que todos concurrieron al siguiente día 15, deseosísimos de que se abriese camino a la composición de tan peligrosas controversias. Aquel día y aun el siguiente 16, se gestó en varias proposiciones que como preliminares quería asentar una y otra parte, y en que con bastante docilidad se había quedado de acuerdo, no sin grande esperanza de quedarlo también en el fondo del negocio. Pero ¿cuál fue la sorpresa y aun el dolor de todos los que componían esta junta cuando vieron repentinamente desbaratadas todas sus medidas, y desvanecidas las grandes esperanzas que habían concebido de una pronta y amigable composición? En efecto, aquella misma tarde del 16 de junio llegó a México la noticia de que el ilustrísimo señor obispo visitador desde la noche antecedente se había ausentado de la ciudad de los Ángeles, sin que por diligencias algunas se hubiera podido saber dónde estaba, ni qué camino había tomado.
No podemos aquí dejar de hacer una pequeña digresión sobre lo que —310→ para justificar esta ausencia de su catedral, escribió el mismo señor obispo a la Santidad de Inocencio X en su famosa carta de 8 de enero de 1649; allí dice: «Que sabiendo que los intentos de sus contrarios no eran otros que darle la muerte, o apoderarse de su persona y triunfar con los despojos de la mitra cautiva, huyó por evitar este escándalo y sacrilegio, y quitar a sus ovejas la ocasión de exponerse a la muerte por la defensa de su pastor». Esto era una consecuencia de aquella prevención de armas y de aquella tropa de facinerosos que escribió al señor fiscal de la real audiencia, hacían en la Puebla los jesuitas. Pero por la pública voz y fama de toda la ciudad de México confirmada por el mismo señor fiscal en su citada carta de 11 de junio, y por el testimonio de la ciudad de la Puebla en el cabildo de 15 del mismo y su respuesta al señor virrey, se manifiesta cuán mal informado estaba en esta parte Su Excelencia Ilustrísima. Y de haber alguna prevención de armas para valerse de violencia, es fácil de imaginar si estarían más prontos a obedecer a los jesuitas que a aquel que por obispo, por arzobispo, por decano del consejo de Indias, por virrey, y actualmente por visitador general tenía a su discreción y bajo de su mano todas las fuerzas de la Nueva-España y tantos honestos títulos con que poder servirse de ellas. A que se allega que cuando los religiosos de la Compañía o alguno de ellos por un exceso de maldad imponderable fuese capaz de concebir tan negro designio, ¿no le era mucho más fácil apoderarse de la persona del ilustrísimo en los caminos donde no le acompañaban (como dice) sino dos criados, que en la ciudad de los Ángeles donde por la afición que tanto pondera de su grey por su persona, por su dignidad episcopal y por la cualidad de visitador habían de velar muchos más en su conservación y en su defensa? Ni es creíble que ignorase todo el mundo la derrota que seguía en su viaje una persona de carácter tan distinguido, y por tanto más difícil de ocultarse. En la misma carta a los números 18 y 19, dice: «Que buscó refugio en los montes, y entre las fieras, escorpiones y animales ponzoñosos, de que abundan estas regiones, halló la compañía y seguridad que no había podido encontrar en aquella implacable religión». Y en la carta original latina escribe: Tandem in parvulo tugurio per quatuor menses delitui. Las cartas originales que escribió por este tiempo al fiscal don Pedro Melián, no están muy de acuerdo con esta relación. Dos de ellas son firmadas en Chiapa a 8 y 12 de octubre, otra de 7 de noviembre ésta firmada en Tepeyahualco, lugar distante de la Puebla, como 20 leguas al Nordeste, y rumbo —311→ muy contrario al que se debía seguir viniendo de Chiapa, especialmente cuando viniendo ya de vuelta a su iglesia, no tenía que andar por caminos extraviados. Pero la verdad es, que aunque firmaba desde estos diferentes lugares para alucinar, (como dice a sus contrarios) no estuvo jamás en Chiapa, ni en los montes entre las fieras, escorpiones y sabandijas ponzoñosas, sino 12 leguas al Nordeste de la Puebla en la hacienda del capitán don Juan de Vargas, que hoy llaman Santa Ana, en la jurisdicción de Nopaluca. La casa de este noble caballero fue la pequeña choza en que estuvo escondido cuatro meses, y su ilustre familia, de quien fue atendido y cuidado como merecía su dignidad y su persona, fueron las fieras y escorpiones entre quienes halló más seguridad, como se mostró en el sumario presentado en Roma a la sacra congregación el año de 1651 número 12 his non, y después en el memorial a la sagrada congregación de Ritos número 21.
Sea de esto lo que fuere, el excelentísimo conde de Salvatierra dispuso luego que pasase a la Puebla el capitán don Diego Orejón, caballero del orden de Santiago y corregidor interino de la ciudad de México para que inquiriese los motivos de la ausencia del señor obispo, y diese las órdenes necesarias en la quietud de aquella república. Ésta pareció buena ocasión para que en su compañía pasasen también a la Puebla los reverendos jueces conservadores, a quienes antecedió algunas jornadas el padre provincial Pedro de Velasco. Se envió orden al mismo tiempo a don Agustín Valdés de Portugal, alcalde mayor de la Puebla y a toda aquella ciudad para que auxiliasen al dicho capitán don Diego Orejón en todo lo que perteneciese a las comisiones de que venía encargado. Los religiosos jueces fueron recibidos en la ciudad con todo el aparato y pompa exterior correspondiente a la dignidad de que iban revestidos. El ilustrísimo señor Palafox a su partida había dejado encargado el gobierno de su iglesia a tres provisores o vicarios generales en defecto unos de otros. El primero, el doctor don Juan de Merlo, pero porque se temía que su demora en México no fuese tan breve, substituía al doctor don Alonso de Varaona, y en tercer lugar al doctor don Nicolás Gómez. De estos tres provisores, el primero estaba retirado en México por orden del señor virrey. De los otros dos, el uno en presencia de tres capitulares comisarios, renunció solemnemente el día 30 de junio, y don Alonso de Salazar Varaona, chantre de aquella santa iglesia, renunció asimismo el 4 de julio, como consta del hecho concordado en Roma a los números 10 y 11. En atención a estas renuncias y al —312→ grave inconveniente de quedar aquella iglesia destituida de su pastor y sin otro alguno que le sucediese en el gobierno, intentándose varios arbitrios poco decorosos al cuerpo del cabildo, éste declaró la sede vacante, y en consecuencia de esta declaración tomó en sí el gobierno de la diócesis. El ilustrísimo señor don Juan de Palafox pretendió después, que tanto la declaración de su cabildo, como la renuncia del gobernador, había sido forzada, por varios motivos de fuerza y temor con que los compelieron a uno y a otro. En efecto, se había notificado a todos los capitulares una real provisión acerca del auxilio impartido a los reverendos jueces conservadores; pero según consta del mismo hecho concordado, esta intimación se hizo al cabildo congregado el 6 de junio de 1647, el cual declaró que antes de la dicha intimación, habían ya tomado el gobierno por estas palabras. «Y su señoría (esto es, el cabildo) dijo que antes que yo el escribano intimase la real provisión de Su Majestad de su real auxilio, tenía recibido en sí el gobierno». Es también cierto, que dicho gobernador don Alonso de Varaona, no protestó jamás ni significó de algún otro modo que se le hubiese hecho alguna fuerza o violencia, como parece por aquellas palabras que se citan en el hecho concordado: «Que considerando las diferencias que había entre el ilustrísimo señor obispo y los padres, con diferentes procedimientos, etc.»; y mucho más de que después de dicha renuncia, habiéndosele notificado a él singularmente la dicha real provisión por estar enfermo y no haberse podido hallar presente al cabildo, respondió que asentía a aquello que hubiese determinado la mayor parte de dicho cabildo, como consta del mismo hecho concordado. Ello es cierto que jamás se probó semejante violencia, ni los artificios con que pretende el señor obispo en su carta que los jesuitas hicieron declarar sede vacante. Sabemos por el testimonio de un autor contemporáneo y nada afecto a la Compañía, que ésta ninguna parte tuvo en la declaración de la sede vacante. Los conservadores (dice este escritor) fueron recibidos con repique de campanas y otros aplausos, y obrando en su comisión, pretendieren nombrar gobernador al dicho don Cristóbal Gutiérrez de Medina (cura de la catedral de México, que había sido enviado por comisario del santo tribunal) y entendido por los prebendados, declararon sede vacante.
Los reverendos jueces en este intervalo, habían mandado quitar todas las cédulas de excomunión que había fijado el ilustrísimo, y para entera satisfacción del público, hicieron que el cabildo en debida forma —313→ pidiese a los padres las licencias de predicar y confesar. Obedecieron prontamente los jesuitas, y saliendo en forma de procesión de los dos colegios, no sin grande edificación de toda la ciudad, la mañana del día 18 de julio, presentaron dichas licencias a los tres comisarios que para este reconocimiento había nombrado el cabildo, y fueron los señores don Miguel de Poblete, maestre de escuelas y después arzobispo de Manila, don Jacinto de Escobar, canónigo doctoral, y don Lorenzo de Orta, racionero. Aquí nos es necesario otra vez acordar a nuestros lectores lo que el señor Palafox escribió a su Santidad en la citada carta, dice así, al número 26: «Quanvis mihi certissime constaret nec meas, neque meorum anteccesorum habere licentias». Que constándole ciertamente que dichos padres no tenían licencias suyas ni de sus antecesores. Esta proposición tan universal y con tanta firmeza aseverada, no concuerda con lo que el mismo señor ilustrísimo escribió poco más abajo al número 28, en que dice: «Et huic capitulo sede racanti jesuitico, obtulerunt licentias quasdam confitendi et predicandi ab alienis episcopis obtentas, ex quibus quatuor tantum erant meorum antecessorum». Que al dicho cabildo sede vacante mostraron los padres algunas licencias de otros señores obispos, en que solo cuatro había de sus antecesores; pudo añadir Su Excelencia Ilustrísima a estas que confiesa de sus antecesores otras cuatro suyas; conviene a saber, las de los padres Gerónimo de Lobera, Salvador de Morales, Francisco de Uribe y Diego de Aguilar, que por el hecho concordado en Roma, constó haber presentado las licencias Moderni episcopi, y ya serían ocho. Pudo añadir a los padres Luis de Legaspi, Pedro de Urroz, Diego de Orgaz y Lorenzo López, a quienes Su Ilustrísima mismo había ocupado en las misiones, concediéndoles no solo licencias de confesar y predicar, sino todas sus facultades amplísimas, como también lo había hecho el año de 41 con el padre Juan Dávalos, a quien por tanto en cédula que dejamos arriba citada, manda Su Majestad dar las gracias. Si a éstos añadimos a los padres Agustín de Leiba y Matías de Bocanegra, a quienes el señor don Juan de Palafox favorecía singularmente y de quienes se valió muchas veces, tanto para sermones, como para confesonario de monjas, y el padre Juan Velázquez, de quien el mismo edicto primero del provincial decía haberse presentado dos años y medio antes, hallaremos que fuera de las cuatro licencias que el señor obispo confiesa de sus antecesores, había otras cinco suyas constantes por el edicto y hecho concordado, concedidas a los reverendos padres Juan Velázquez, Gerónimo de Lobera, Salvador de Morales, Francisco Uribe y —314→ Diego de Aguilar, y por cartas misivas y órdenes expresas de Su Señoría Ilustrísima otras siete a los padres Luis Legaspi, Pedro Urroz, Diego de Orgaz, Juan Dávalos, Lorenzo López, Agustín Leiba y Matías Bocanegra. De modo, que de veinticuatro sacerdotes que había en los colegios de Puebla, y se presentaron al cabildo sede vacante, once tenían expresas licencias in scriptis del ilustrísimo y excelentísimo señor don Juan de Palafox, fuera del padre Lorenzo López, que ya no se hallaba en aquella ciudad; a que llegándose cuatro que su ilustrísima confiesa de sus antecesores, eran quince los que tenían las licencias por derecho necesarias, aun prescindiendo de todo privilegio para el ejercicio de su ministerio, sin embargo de afirmar el ilustrísimo con tanta aseveración, que le constaba ciertamente no tener los padres de la Compañía licencias suyas ni de sus antecesores.
Presentadas, pues, con la debida solemnidad estas y las demás licencias ante los comisarios nombrados el día siguiente, 19 de julio, se promulgó el edicto que vamos a referir en todo su tenor.
[Vuelve la Compañía al ejercicio de sus ministerios] Hemos puesto a la letra este edicto para que se vea si en todo su tenor hay aquellas palabras que el ilustrísimo señor Palafox escribió a la Santidad de Inocencio X; conviene a saber, que los religiosos de la Compañía no necesitaban de las licencias de los señores obispos para oír confesiones de seculares por sus privilegios, y si acaso las necesitaban las tienen, y las habían mostrado a dicho cabildo, y caso que no las tuvieran o no fueran suficientes, dicho cabildo sin examen alguno se las concedía generales. Jesuitas religiosos non indigere licentiis Episcoporum ad audiendas saecullarium confessiones propter sua privilegia, et si egerent eas habere, el capitulo exhibitas esse, et si non haberent, aut suffcientes non essent, eas capitulum generaliter etiam sine examine concedere libentisime etc. Restituida la Compañía por el citado edicto a sus antiguos ministerios, pareció volver a entrar en posesión de ellos el próximo día 22 de julio dedicado a Santa María Magdalena en que aquel colegio del Espíritu Santo hace anual memoria de su fundación conforme a la voluntad y expresa cláusula de su insigne fundador don Melchor de Covarrubias. Predicó este día el padre provincial Pedro de Velasco. Fue extraordinario el concurso, y como es tan mudable el corazón del hombre, aun muchos de los que preocupados habían condenado la conducta de los jesuitas, no pudieron contener las lágrimas de gozo al ver restituidos a sus santas ocupaciones a aquellos que por tantos años las habían ejercitado con un desinterés, una constancia y una utilidad de que aun los mayores émulos no podían dejar de convenir.
Este intervalo de serenidad duró muy poco, y solo fue un leve descanso que previniese los ánimos para una nueva borrasca. [Vuelve a su iglesia el obispo y recrudece el pleito] Llegó a la Nueva-España a principios de octubre, noticia cierta de que el excelentísimo señor don García de Sarmiento, conde de Salvatierra, pasaba a los reinos del Perú, cuyo lugar debía ocupar en México el ilustrísimo señor don Marcos de Torres y Rueda, obispo de Yucatán. Con este nuevo gobierno creyó el ilustrísimo señor don Juan de Palafox habérsele mudado a su favor la fortuna, y dio prontamente vuelta a su iglesia a principios de noviembre. A su regreso, halló cédula de Su Majestad en que le mandaba cesar en la visita de tribunales que tenía fiada a su cuidado. A pocos —319→ días escribió al fiscal don Pedro Melián el siguiente capítulo de carta, con fecha de 16 de noviembre de 1647. «A V. y al maestre de campo D. Antonio Urrutia de Vergara, he dado poder por si fuere necesario para el efecto; pero en el estado que hoy se halla la materia, supuesto que están desagraviados, como dicen, los padres de la Compañía, y en la posesión en que estaban antes que mi provisor proveyera el primer auto, y esto se hizo con sentencia definitiva que dieron los conservadores, con que functi sunt officio suo. Con mandar S. E. ahora de oficio por la pública quietud que no se minore en lo obrado por ellos en la restitución de su posesión, sino que vuelvan las cosas al estado que tenían cuando mi provisor proveyó el primer auto, y que por una y otra parte se alcen las censuras y quiten los papeles, cometiendo esto al alcalde mayor de esta ciudad, los padres han conseguido todo lo que pretendían; y con notificarme a mí la real provisión de que no innove y obedecerla, queda también ese punto en el que se le debe, y vuelven a correr las materias como corrían antes que se comenzase esta diferencia. Y para esto no parece que es menester más que obrar el Sr. virrey de oficio, despachando esta provisión y obedeciéndola todos por tocar esto a la superioridad de su cargo; pero si para ello fuere menester alguna petición, envío para todo poder a V., y al Sr. maestre de campo don Antonio de Vergara, y el papel incluso en que se dice esto más expresamente, etc.». En consecuencia de esta carta y otras semejantes escritas al dicho maestre de campo, presentó éste, sábado 23 de noviembre, una petición en nombre del ilustrísimo señor don Juan de Palafox, en que protestando como en la citada carta pertenecer esto a la superioridad de su cargo, representaba como había siempre reclamado contra la fuerza que le hacían dichos conservadores, lo que otra vez representaba de nuevo, y caso de no declararse este artículo, pedía se alzasen de una y otra parte las censuras, remitiendo la decisión de la fuerza al consejo. Presentada esta petición, mandó el excelentísimo concurrir al reverendo padre prior de Santo Domingo, al señor fiscal don Pedro Melián, a su asesor don Mateo de Cisneros, y los venerables padres Pedro de Velasco, provincial, y Andrés Pérez de Rivas. El padre provincial había ido a recibir y cumplimentar en la villa de Tacuba al ilustrísimo señor don Marcos de Torres y Rueda, y en su lugar asistió a la junta el padre Marcos de Irala, prefecto de estudios mayores en el colegio máximo. Habida consulta, proveyó auto Su Excelencia para que los conservadores alzasen las censuras y provisión real al Señor —320→ Ilustrísimo para que no innovase cosa alguna en la restitución que había hecho el cabildo. De parte de los conservadores, en el día mismo se proveyó auto del tenor siguiente.
[Certificación del señor obispo y sus quejas] De parte del ilustrísimo señor don Juan de Palafox se cumplió así con la real provisión, como con el citado edicto de los conservadores. Su Excelencia Ilustrísima remitió al maestre de campo don Antonio de Vergara certificación de haber sido absuelto ad cautelam de las censuras impuestas, particularidad de que nos consta por carta del mismo señor Ilustrísimo al fiscal don Pedro Melián con fecha de 3 de diciembre, en que dice: «Yo deseo tanto que se ponga silencio a las materias, y que acaben de tener entero acomodamiento, que para que se reconozca mi ánimo no perdonaré diligencia alguna. En esta conformidad remitió al señor maestre de campo D. Antonio Urrutia y Vergara una certificación no necesaria ni para los conservadores ni para mí, porque ni la absolución lo fue, pues este acomodamiento no ha sido de justicia sino de gobierno, y mirando a mayores fines». En la misma carta se queja su señoría de que hasta el día de la fecha, ni de la Compañía, ni de algunas otras religiones le hubiesen visitado, y en posdata añadida de su puño, de que los jesuitas y sus apasionados andaban mostrando copias de todo lo que podía parecer a su favor en el pleito presente. No pretendemos que fuesen tan perfectos todos los sujetos de los colegios de Puebla, que tal vez en las conversaciones no se jactasen algunos imprudentemente de lo que les era favorable. Este celo aun menos puro podía parecer camino necesario para deshacer las preocupaciones del vulgo y volver por el honor y buen nombre de su religión que juzgaban indignamente ultrajada. Lo cierto es que el cuerpo de la religión y el padre provincial Pedro de Velasco jamás autorizaron este desorden, y antes procuraron con el ejemplo, con órdenes repetidas, y aun con reprensiones, que se tratase al señor obispo de la Puebla con todo el decoro y respeto que se debía a su persona y al alto carácter de que estaba revestido. Pero si aun en personas religiosas con tantas precauciones era difícil conseguir una moderación tan superior a todos los motivos de dolor en que se hallaban anegados, mucho más lo era moderar los excesos de nuestros estudiantes seculares y demás apasionados de la Compañía, en quienes no cabía tanta prudencia ni tanto sufrimiento. El imprudente celo de este género de gentes y las demostraciones en que tal vez prorrumpieron menos decorosas a la dignidad del señor Palafox, no deben —322→ imputarse jamás a los jesuitas que positivamente las improbaban y contradecían. Y si el mismo señor Ilustrísimo con todo el peso de la autoridad que Su Majestad le había tan dignamente confiado y la mayor que se ha visto en Nueva-España, reconoció no ser poderoso para sosegar el vulgo, ni estorbar el que por la defensa de su pastor cometiesen algunos excesos, ¿cómo podían los religiosos de la Compañía encerrados en sus colegios impedir que toda la juventud de la Puebla, que hasta entonces no había reconocido otras escuelas, que todos sus parientes partidarios y afectos se contuviese en los límites de un justo dolor a vista de tantos insultos, como a la religión y aun a ellos mismos se hacían en sus personas? ¿Acaso los jesuitas intentaron jamás hacer cómplice al ilustrísimo y excelentísimo señor don Juan de Palafox, de que el vulgo ignorante borrase con inmundicias los edictos y censuras de los conservadores? ¿De que saliendo de su sermón pretendiese prender fuego a un colegio? ¿De que pintase de negras cruces las paredes? ¿De que por befa y escarnio pusiese nombres a sus religiosos? ¿De que apedrease muchas veces de noche y aun de día, tal vez a los ojos de Su Excelencia Ilustrísima, las ventanas y balcones de los que sabía serles afectos? ¿De que se pusiesen torpísimos pasquines? ¿De que se cantasen impurísimas coplas en deshonor de un cuerpo tan respetable por su virtud y por sus letras? Bien sabían que todo esto era muy ajeno de la santidad de su carácter, del esplendor de sus cargos, de la sublimidad de sus talentos y de la nobleza de su sangre. Todas estas brillantes cualidades procuraron reconocer en las siguientes pascuas de Navidad entrándose por las puertas de su palacio, y besando humildemente aquella mano, de que el Señor había querido servirse para afligirlos con golpes tan sensibles.
[1648. Misión en Michoacán. De la Puebla] En este estado, aun más de tregua que de paz, permaneció todo hasta la mitad del año siguiente de 1648, intervalo de quietud de que nos valdremos con gusto para registrar entre tanto sucesos más prósperos de la provincia. No se puede dejar de atribuir a una particular y amorosa providencia del Señor que al mismo tiempo que en el obispado eran los jesuitas violentamente removidos del ejercicio de sus santos ministerios, llegase a Nueva-España la noticia de la abundante mies que los obreros de la Compañía acababan de recoger en la villa de Madrid y algunas otras ciudades vecinas por medio de una fervorosa misión hecha a instancias del Eminentísimo señor cardenal arzobispo de Toledo. No era menos sólidamente afecto a la Compañía el ilustrísimo y reverendísimo señor don fray Marcos Ramírez de Prado, obispo de Michoacán. Pretendió, pues, —323→ del padre provincial dos fervorosos operarios que conforme a lo que había acostumbrado allí desde su fundación la Compañía, recorriesen en misión los pueblos de su diócesis. Señaláronse efectivamente los padres Andrés Cobián y Tomás Chacón. El Ilustrísimo les comunicó todas sus veces y autoridad, y escribió a todos los beneficiados de su jurisdicción cartas llenas de elogios a la Compañía. La misión duró más de seis meses, en que corrieron más de trescientas leguas por los muchos pueblos de aquel obispado: fue muy abundante la cosecha, singularmente en las villas de Zamora, Colima y pueblos de la costa, donde por la mayor distancia e intemperie de los países, no era tan frecuente el pasto espiritual. La grande utilidad que de estos gloriosos trabajos resultó a todo el territorio de Michoacán, se conocerá por carta escrita del señor obispo al padre rector del colegio de Valladolid con fecha de 12 de noviembre: «Voy, dice, experimentando la buena doctrina que los padres sembraron en estas plantas secas y áridas, que ya se hallan no solo jugosas, sino con admirables frutos de virtudes cristianas. Alabo a Dios que tan maravillosas mudanzas se sirve hacer por los hijos de tan santa Compañía».
[Muerte del hermano Domingo de Villanueva] En el colegio de Tepotzotlán faltó el angelical hermano Domingo de Villanueva, que podemos llamar con razón el Kotska y el Gonzaga de la provincia de México. En veintiún años menos algunos meses de nueva edad y veinte meses de Compañía, floreció en heroicísimas virtudes que hasta hoy respiran en olor de suavidad. Fue de una humildad profunda, de una austera y constante mortificación de pasiones y sentidos, de una admirable inocencia de vida, con que según sus confesores conservó hasta la muerte la gracia del bautismo; sobre todo resplandeció en él una modestia y pureza angélica de cuerpo y mente, y una amorosa no interrumpida unión con Dios por medio de la oración y trato interior con su Majestad, que en vano se le procuró tal vez divertir como superior a las fuerzas de su cuerpo, con exteriores ocupaciones, sacándolo del retiro de Tepotzotlán, ya a las haciendas, ya a México en compañía del procurador. En las calles y plazas de la ciudad hallaba siempre a su amado y se abrazaba con él en alta y suave contemplación. Así consumado en breve y en poco tiempo, lleno de días y merecimientos, una lenta calentura perfeccionó el sacrificio de su vida el día 15 de abril de este presente año. Su memoria está en bendición en toda la provincia, y singularmente en el noviciado de Tepotzotlán, donde el aposento en que pasó de esta vida se consagró después —324→ en una privada capilla para recuerdo del singular favor con que quiso el cielo manifestar cuanto se complacía en aquella alma bendita. Poco antes de morir, mostrando en el semblante y en la voz un gozo extraordinario, interrumpió sus ardientes afectos diciendo a uno de los que le asistían: «Abra, hermano, abra la puerta, verá la procesión». Quedaron todos persuadidos que la procesión que veía el angelical hermano no era otra que la de aquellas purísimas Vírgenes que siguen al Cordero de Dios, entre quienes debía pasar, muy presto a gozar el premio de sus virtudes. En efecto, consumado en breve, y en poco tiempo lleno de días y merecimientos, lleno de tranquilidad y de dulzura, dentro de pocos instantes salió de esta vida la noche del 15 de abril. Quedó su semblante aun más apacible, más hermoso y de más vivos colores que antes de morir. Fue cosa muy digna de notar que amándole todos los de casa con singular ternura y veneración, todos se hallaron en su muerte poseídos, en vez de tristeza o compasión, de un singular consuelo y júbilo interior, y movidos a invocarlo, en vez de socorrerle con los sufragios acostumbrados.
[Muerte del padre Simón Tostado] En el colegio máximo de México, en que actualmente leía el curso de artes, murió a fines de este mismo año el padre Simón Tostado, natural de Zacatecas, que en pocos años de edad y de religión llegó a una perfecta ancianidad, y a ser un vivo ejemplo de la regular observancia. Su retiro, su tenor constante en las religiosas distribuciones, su fervor y puntualidad en los ejercicios espirituales, su modestia y su aplicación al trabajo, le merecieron particular veneración aun de personas acostumbradas a no ver sino acciones de piedad, y sujetos que aspiran a la perfección. Murió en una dulce tranquilidad de espíritu, sin haber tenido de qué reconciliarse en las postreras horas, el día 19 de noviembre.
[Peste en Yucatán] Ardía en Mérida, capital de Yucatán, por este tiempo una furiosísima peste que asoló la mayor parte de la provincia. A los excesivos calores del país, y al mayor que causa por los meses de abril y mayo el incendio de los campos vecinos en toda la península, se allegó este año una seca tan rigorosa, que hasta los principios de agosto no había habido una lluvia considerable. A esta infelicidad se añadió la infección de las aguas del mar, con tan prodigiosa mortandad de peces, que fuera de los innumerables que arrojaba la agua a todas las playas, se vejan hasta muy larga distancia las olas cubiertas de los muchísimos que sobrenadaban muertos. El gobernador tomó la providencia de enviar —325→ cuadrillas de indios con cabos españoles a todas las costas al derredor para que se quemasen los cadáveres, cuyo mal olor se hacía ya sentir aun en la capital, que por donde menos dista nueve leguas del mar. Ésta que pareció acertada resolución a los principios, solo sirvió de aumentar el calor, sin impedir ni la corrupción del aire, ni disminuir la infección de los peces muertos, cuyo fetor y cuyo número se aumentaba cada día más en las orillas. El puerto de Campeche fue el primero en sentir los rigores del contagio con muerte de la mayor parte de sus vecinos. A principios de julio había ya prendido en la capital con tanta generalidad, que para no contristar más a sus afligidos moradores pareció necesario mandar que no se tocasen agonías ni dobles algunos, y poco después que ni al salir el Divinísimo se tocasen las campanas. Aumentaba la calamidad la falta de alimentos por la esterilidad que había ocasionado la seca, la ninguna provisión de medicamentos en un país donde apenas se conocía enfermedad alguna regional, y la falta total de médicos, profesión hasta ahora pocos años desconocida en lo interior de aquella tierra. El contagio era tan universal, que en las más casas cayendo consecutivamente todos los de la familia, no había quien asistiese a los enfermos; y tan violentos, que muchos morían en el día mismo, y aun a las ocho o diez horas que se sentían heridos. Los indios que se repartían cada semana a servir en las casas de españoles eran los únicos enfermeros, y a veces los cirujanos y los médicos. A pocos días, no bastando las parroquias, se mandaron abrir sepulturas en todas las iglesias. Los cuerpos, en hombros de indios o de negros, se llevaban desde las dos de la mañana, y en juntándose alguna porción considerable, un responso que se decía generalmente sobre los cadáveres, era toda la solemnidad del entierro. Aun esto duró muy poco, porque no habiendo ya terreno en las iglesias fue necesario bendecir terreno en el campo, donde sin más ceremonia se sepultaban. El Santísimo Sacramento salía sin otra comitiva que la del sacerdote que lo llevaba y un indio con un farol por delante, y sucedió tal vez caer repentinamente el ministro y haberlo de entrar en el zaguán de una casa mientras venía otro sacerdote que continuase aquel santo ministerio. En el colegio de la Compañía, de ocho religiosos que lo habitaban solo dos quedaron con vida, y ésos enfermaron muy gravemente22.
—326→[Muerte de algunos religiosos] Quiso el Señor que no prendiese muy luego la peste en el colegio, para que en esta importante ocasión socorriesen a sus prójimos con el mayor fervor, y se dispusiesen con acto de tanta caridad a un género de muerte que la Santa Iglesia compara alguna vez al martirio. Efectivamente, según el testimonio mismo de aquellos ciudadanos, siendo en tan corto número, parecía multiplicarlos la caridad con que día y noche asistían sin interrupción a todo género de personas en todos los cuarteles de la ciudad. Estos padres, decían, parecen ángeles, que ni comen ni descansan, ni duermen. Harto sentimos no poder averiguar los nombres de todos los que murieron tan gloriosamente, como víctimas del amor de sus prójimos y perfectos observadores de su santísimo instituto. Los antiguos papeles solo hacen memoria expresa del primero y último de estos ilustres muertos. Uno de ellos fue el padre Pedro Navarro que cumpliendo exactamente con el oficio de rector, así como era el primero en la autoridad, lo fue también en el ejemplo con que se sacrificó al servicio de los apestados, a pesar de su poca salud y débiles fuerzas, y en fervor y alegría con que dio la vida en ministerio tan piadoso. El resto de su vida religiosa no desmerecía esta gracia del Señor. Fue muy singular la humildad con que pudiendo por sus bellos talentos obtener los primeros aplausos o por el púlpito, o por la cátedra, todo lo renunció por dedicarse a más útiles, aunque menos lustrosas ocupaciones. Propuso con cuanta energía le inspiró su desengaño: primero, el curso de artes en México, y luego la congregación del Espíritu Santo de la Puebla, siempre ansioso de volver a las misiones de gentiles, en que se ocupó los primeros siete años, después de sacerdote. Pero ya que no le concedió el Señor la gracia de morir como deseaba por la propagación de la santa fe, tuvo a lo menos el consuelo de morir víctima de la caridad, animando a sus súbditos para que le siguiesen con el ejemplo y con la voz. Acabó en paz el día 23 de agosto. En los pocos días que quedaban de aquel mes murieron otros cuatro sacerdotes.
[Elogio del padre Juan Estevan] A primero de setiembre falleció de la misma enfermedad el hermano Juan Estevan que aunque coadjutor temporal, había gloriosamente trabajado con los heridos del contagio, ya ministrándoles el sustento y —327→ medicinas, ya disponiéndolos para recibir los Santos Sacramentos, ya auxiliándolos fervorosamente para el último trance. Las memorias de la provincia nos lo representan como uno de los más perfectos coadjutores que en ella han florecido, incansable en los trabajos, oficios de Marta, sin estorbarse para el interior recogimiento y continua presencia del Señor. Sumamente austero consigo mismo, e ingeniosísimo en hallar modos de mortificarse más cruel y más ocultamente. Los nudosos cordeles con que se ceñía las espaldas, habían criado en ellas unos verdugones de tal dureza, que no pudieron hacer presa en ellos las ventosas que se intentó echarle en su última enfermedad. Ayunaba al año fuera de la cuaresma común, otras dos, una en honra de la Santísima Virgen, otra en honra de nuestro glorioso padre San Ignacio. Los recios golpes de su disciplina cuotidiana, fueron tal vez retrayente saludable a algunos jóvenes perdidos que pasaban de noche por la calle. Uno de ellos, penetrado del pavor y del susto, no menos que de compunción que había sido su discípulo en la escuela, cayó enfermo la misma noche, y con muestras de una sincera penitencia murió a los dos días. Su oración era tanta, cuanta le daban tiempo las ocupaciones exteriores que le encargaba la obediencia, y aun estas no del todo la interrumpían. Los de fiesta, pasaban de seis u ocho horas las que daba a este santo ejercicio. Era profunda la humildad con que para deslumbrar el alto concepto que algunos formaban de su virtud, refería ordinariamente las libertades y travesuras de su mocedad, singularmente como en cierta ocasión había estado para ser despedido de la Compañía. Es muy instructivo y muy práctico el caso para que podamos omitirlo. Había nacido el hermano en el pueblo de Huehuetoca, y criádose en el de Tepotzotlán, lugares en que se habla la lengua otomí, que por tanto entendía y hablaba a la perfección. Después de algunos años de religioso, viendo cuán pocos ministros había de aquella lengua por su grave dificultad, le pareció que ordenándose de sacerdote podía ser de mucha utilidad a la religión y a sus prójimos. Llevado de éste al parecer tan piadoso pretexto, entabló su pretensión proponiéndola a sus superiores. No creyeron estos conveniente condescender con sus deseos, acordándole su regla, y desengañándole de ser aquella tentación del demonio transfigurado en Ángel de luz. No se aquietó el hermano, instó una y muchas veces, hasta que viendo los superiores su inquietud y dureza de juicio, determinaron despedirle. Para este efecto, lo llevaron al colegio máximo de México en ocasión —328→ en que se leía en refectorio la fiesta de todos Santos del padre Pedro Rivadeneira. Vio allí el premio copioso con que remunera el Señor la abyección y el abatimiento buscado por su amor en esta vida, la humilde obediencia y la perseverancia en aquel estado por donde su Majestad nos llama a su servicio. Movido interiormente de aquella piadosa lección, corrió luego de la mesa a arrojarse a los pies del superior, renunció a todas sus antiguas ideas, y protestó que quería vivir y morir en el estado humilde de coadjutor temporal, sujeto y rendido a cuanto de él dispusiese la obediencia. Esta tentación y peligro en que se había visto, fue el medio de que se sirvió el Señor para arraigar en su corazón una humildad muy sincera, y de que él se valió para conservarla todo el resto de su vida, que adornada de todas las virtudes propias de su estado lo dispuso para una dulce y tranquila muerte el día 1.º de setiembre de 1648.
[Detención en Sinaloa del almirante don Pedro Cassanate y sus raros ejemplos] En las misiones de Sinaloa y Sonora todo corría con prosperidad. En las de Sinaloa, especialmente como de más antiguos cristianos, eran mayores y más frecuentes los ejemplos de devoción, a que contribuía singularmente la edificativa conducta de don Pedro Portel de Cassanate del hábito de Santiago, nombrado por Su Majestad almirante de la California. Hallábase éste, caballero en Sinaloa, disponiendo una expedición a la California. Desde el año de 1643 había venido de España enviado por Su Majestad a influjo del excelentísimo señor marqués de Villena, con facultad de armar una escuadra para la conquista y población de aquellas regiones. El almirante, luego que llegó a México y participó su comisión al excelentísimo señor conde de Salvatierra, de conformidad con Su Excelencia, pidió al padre Luis de Bonifaz algunos religiosos de la Compañía, y en su consecuencia el señor virrey escribió al mismo provincial en estos términos: «M. R. P. provincial: S. M. (Dios le guarde) fue servido de hacer merced al almirante D. Pedro Portel de Cassanate de fiar a su cuidado y diligencia el descubrimiento de la California, cosa que han intentado muchos y no han podido conseguir: y por la mucha experiencia que este caballero tiene en la marinería y otras facultades, se tiene por sin duda que ha de tener buen efecto su viaje y pretensión, en particular llevando consigo padres de la Compañía de Jesús, de que estoy muy gustoso, y le prometo muy buenos sucesos. Para dar principio a ellos, estimaré mucho que V. P. M. R. le ayude en cuanto se ofreciere, y que dé orden que en las casas y misiones de la religión hagan lo mismo por lo que conviene al servicio de Dios y de —329→ S. M. y V. P. sabe que en cuanto se me ofrezca me he de valer de su favor; y así le suplico mire esta causa, y haga toda merced, al Sr. D. Pedro Cassanate. Palacio y octubre 13 de 1643». El padre Luis de Bonifaz, reconocido al favor del Excelentísimo y del almirante, despachó orden a los misioneros de la costa de Sinaloa para que en todo favoreciesen a los piadosos designios de aquellos señores, y destinó para acompañarle a los padres Andrés Báez y Jacinto Cortés, que ya en otra ocasión había, como dijimos, entrado en California. El almirante llegó a Sinaloa a la mitad del año de 44 y ya se disponía a su viaje cuando recibió orden de salir a convoyar la nao de Filipinas, que algunos corsarios ingleses esperaban sobre las costas del mar del Sur. Conducida felizmente la nave al puerto de Acapulco, volvió a Sinaloa para seguir su destino. Mientras se hacían las necesarias prevenciones, o por descuido, o como se creyó entonces por malicia de algunos émulos, se le quemaron dos barcos. El animoso general dio luego providencia para que se fabricasen otros tantos. Por mucha calor y prisa que con su presencia y autoridad daba a la construcción de los nuevos bajeles, no pudieron echarse al agua hasta el presente año de 1648. Estos cuatro años que el servicio de Su Majestad lo detuvo en Sinaloa, cedieron en grande utilidad de toda aquella provincia, no solo en lo temporal, sino aun mucho más en lo perteneciente a la religión. El almirante era el primero en todos los ejercicios de piedad, severísimo en no permitir a sus soldados y gente de tripulación el menor desorden, que pudiese escandalizar los ánimos flacos de aquella nueva y fervorosa cristiandad. No contento con el ejemplo que daba a los neófitos en las cosas indispensables de la religión, se extendía a muchas otras para hacerles formar un alto concepto de los augustos misterios y de los ministros que los ejercían. Confesaba y comulgaba con frecuencia, oía misa cada día y la ayudaba muchas veces, mostraba a los sacerdotes una profunda veneración. Si habían de salir algunas devotas procesiones, a que son muy inclinados los indios, salía con ellos a limpiar las calles y adornarlas de ramos y de flores, lo que hacía singularmente en la de Corpus, y Semana Santa; después de haber ayudado a lavar los pies a doce pobres, les daba alguna limosna considerable, lo que frecuentemente hacía también con otros muchos de los indios.
[Su viaje a California y relación de él a Su Excelencia] Tal era el ejemplo de devoción con que animaba a los indios el almirante don Pedro Portel de Cassanate todo el tiempo que duró la fábrica de los dos navíos. Concluidos, partió con los dos padres señalados. —330→ El autor de las noticias de California, hablando de esta expedición, dice que el almirante reconoció la costa interior del golfo, y que por la sequedad y esterilidad del país, no halló lugar para establecer un presidio: que finalmente, andando de costa en costa, interrumpió su descubrimiento por salir otra vez a esperar la nao de Filipinas. En la relación original firmada de su mano, que se guarda en el archivo de la provincia, no se dice cosa alguna de estas.
[Gobierno del señor obispo de Yucatán y cédulas del rey a la audiencia] El día 13 de mayo de este año de 48, salió de esta ciudad para el puerto de Acapulco, de donde debía pasar al Perú el Excelentísimo señor don García de Sarmiento, conde de Salvatierra, en cuyo lugar, conforme a las cédulas de Su Majestad entró el ilustrísimo señor don Marcos de Torres y Rueda, obispo de Yucatán, que desde el día 24 de noviembre había estado retirado en la villa de Tacuba. La amistad del ilustrísimo de la Puebla con el señor obispo gobernador, le dio materia a nuevos procedimientos, especialmente habiéndose recibido por este mismo tiempo diferentes cédulas de Su Majestad, con fecha de 25 de enero de este mismo año que interpretaba generalmente a su favor. Estas reales cédulas venían dirigidas tres a la audiencia, dos al ilustrísimo señor Palafox y una al padre provincial Pedro de Velasco. En la primera de estas, anula Su Majestad la recusación de toda la real audiencia, manda a los oidores que sin embargo de dicha recusación puedan y deban conocer de todos y cualquier artículos de fuerza que se ofreciesen entre el señor obispo y la religión de la Compañía. Añade Su Majestad, que habiéndose mandado cesar al señor obispo de la Puebla en la visita, cesaba también la causa de la recusación23, y juntamente da nueva orden para que en caso de haberse de admitir recusación general de la real audiencia, pase el conocimiento de los negocios a algunas otras personas en quien pueda verificarse la ley cuarta, título décimo, libro segundo de la nueva Recopilación, y de no haberlas, pase a la real audiencia de Guatemala. En las otras dos, una secreta y otra pública, dice Su Majestad, cómo habiendo encargado al obispo y su provisor, y a los jueces conservadores, que luego que la reciban cesen en sus procedimientos, sin continuar en esta causa, y que unos y otros se absuelvan ad cautelam, y sigan las apelaciones que en este negocio tuvieren interpuestas, o se valgan del auxilio real de las fuerzas en la forma que hubiere lugar de derecho, ha parecido a —331→ Su Majestad avisarlo a su real audiencia, para que si no lo ejecutaren así, use de los remedios que el derecho permite, y avise a Su Majestad de la resulta. En la tercera privada cédula dirigida a la misma real audiencia, es muy notable la cláusula final, que dice así: «Y declaro que por el caso referido de pedir el ordinario de la Puebla las licencias de confesar y predicar, y proceder sobre esto a lo que le toca por el concilio y sagrados cánones, no se debe permitir ni pasar al nombramiento y uso de jueces conservadores24. En esta conformidad, lo tendréis entendido para usar de la dicha facultad con dicha declaración en el caso referido, y no antes, para lo cual tendréis guardada y en secreto ésta mi cédula, y no la publicaréis si no fuere necesaria, etc.».
[Cédula al padre provincial y al señor obispo] Dijimos ser muy digna de notarse esta cláusula porque de ella se infiere que el haber improbado, como efectivamente improbó Su Majestad la elección de jueces conservadores en la otra de las referidas cédulas dirigida al padre provincial Pedro de Velasco, fue por estar informado Su Majestad del ilustrísimo señor obispo de la Puebla, que la Compañía de Jesús había nombrado conservadores por habérseles pedido las licencias de confesar y predicar. Esto mismo quiso persuadir Su Excelencia Ilustrísima a la corte de Roma y a todo el mundo como antes hemos notado, reclamando siempre la Compañía que el haber procedido a dicho nombramiento no era sino por el agravio que se le hacía en el injurioso modo de pedirlas, y que estaba pronta a mostrarlas siempre que debidamente se le pidiesen. El cual violento modo de proceder no dejó de conocer el rey nuestro señor, mandando y proponiendo en otra real cédula al señor obispo de la Puebla los términos en que debía proceder. El tenor de esta cédula es a la letra el siguiente: «Reverendo en Cristo padre Juan de Palafox y Mendoza, obispo de la Iglesia Catedral de la Puebla de los Ángeles de mi consejo real de las Indias: Por las cartas que me escribisteis en la ocasión de la última flota que llegó a estos reinos, y por otras que han llegado de diferentes ministros míos, y por los autos y papeles que se han recibido en dicho mi consejo, he entendido que como ordinario mandasteis vos, y vuestro provisor en vuestro nombre, que los religiosos de la Compañía de Jesús de vuestra diócesis, presentasen ante vos dentro de veinticuatro horas las licencias que tenían para confesar —332→ y predicar, y prohibiéndoles el hacerlo entre tanto que no tuviesen vuestra aprobación. Y que los dichos religiosos se agraviaron de esto, y en virtud de las bulas que dicen tienen, nombraron por jueces conservadores a los religiosos del orden de Santo Domingo, para que procediesen a su restitución y desagravio, fundándolo principalmente en el breve término que les dio vuestro provisor para exhibir las licencias, y en haberles prohibido dentro de él el ejercicio de confesar y predicar, de que también habían resultado nuevas diferencias, pues sobre los procedimientos de dichos jueces conservadores, habíades pasado los unos y los otros a discernir censuras, ellos contra vos, y vos contra ellos, basta llegar a ponerse en las tablillas con grave escándalo y perjuicio de la quietud pública. Y habiéndose visto todo por los del dicho mi consejo con la atención y cuidado que la gravedad e importancia de la materia pide, y consultándoseme sobre ello, deseando como deseo que no pueda haber nada que turbe la paz pública de mis vasallos, en que tanto debe residir mi mayor cuidado y el de todos mis ministros, particularmente los prelados eclesiásticos, a quien principalmente les toca por su oficio pastoral, y por que cesen los escrúpulos y escándalos que es fuerza resulten de semejantes competencias; he considerado que se podría componer esta materia dando término competente como de quince o veinte días a los religiosos de la Compañía de Jesús, para que dentro de él exhiban a vos o vuestro provisor las licencias o privilegios que tuvieren para predicar y confesar en vuestro obispado, permitiendoselo o dándoles licencia de nuevo en caso que tengáis por necesario, para que durante dicho término confiesen y prediquen como lo hacían. Con lo cual vuestra jurisdicción queda ilesa, pues dentro del término que les diéredes confesarán y predicarán con permisión y consentimiento vuestro; y si pasado el término no hubieren presentado privilegios y licencias bastantes, o no las pidiesen de nuevo, entonces podréis continuar a prohibirles el ejercicio de confesar y predicar, y usar de todos los remedios jurídicos que os competen en conformidad de los que permite el derecho, y me daré por servido de lo que dispongáis y ejecutéis así. Y en éste y en cuantos casos se ofrecieren, espero de vuestra atención y celo, que alentaréis y favoreceréis a la religión de la Compañía de Jesús y a las demás de vuestra diócesis como lo tienen merecido, por lo que han ayudado y ayudan al cumplimiento de la obligación pastoral y el fruto espiritual de las almas en esas provincias, sin dar motivo a que desconfíen del vuestro afecto, que el servicio que en —333→ esto me hiciéredes me será agradable. Fecha en Madrid a 25 de enero de 1648 años.- Yo el rey.- Por mandado del rey nuestro señor, Juan Bautista Sáenz Navarrete».
[Cédula de su Majestad] Por el contexto de esta real cédula se ve cómo el prudente medio que Su Majestad propone y encarga al señor obispo de la Puebla, es el mismo que propuso a Su Excelencia Ilustrísima el fiscal don Pedro Melián, el mismo que propuso en su dictamen el ilustrísimo cabildo de México, y el mismo que propusieron en su auto los reverendos jueces conservadores, y a que siempre estuvo pronto a sujetarse la Compañía de Jesús. La segunda cédula dirigida al mismo señor ilustrísimo es de este tenor: «El rey.- Reverendo en Cristo padre obispo de la Iglesia Catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles de la provincia de Tlaxcala en la Nueva-España, del mi consejo real de las Indias: Así por la carta que me escribisteis en 24 de mayo de 1647, como por los pedimentos que se han hecho y papeles que se han presentado en el dicho mi consejo por los religiosos de la Compañía de Jesús, se ha entendido lo que ha pasado acerca de prohibirles vos y vuestro provisor el confesar y predicar en vuestro obispado, por no haber presentado las licencias que tenían para hacerlo en el término que para ello les distéis, y decís en vuestra carta que por eso y lo demás que acerca de ello pasó fue fuerza excomulgar a los ministros de la Compañía que tiene los estudios de gramática, como a quien impide la jurisdicción eclesiástica, y dará los que acudían a oírles maestros de mejor doctrina e intención. Lo que habiéndose visto todo por los del dicho mi consejo con la atención que la materia pide, con lo que sobre ello pidió mi fiscal, y consultándoseme, atendiendo a lo que esta religión tiene merecido por lo que ha ayudado y ayuda al fruto espiritual de las almas, he tenido por bien de dar la presente, por la cual os ruego y encargo que a los religiosos de la Compañía de esa ciudad los dejéis correr con los estudios de gramática que tenían a su cargo, como corrían antes que sucediese este caso, porque con esta causa no se ejecuten de nuevo los enconos, cuando es tan ajeno de la materia presente, que de hacerlo y ejecutarlo así, me daré de vos por bien servido. Fecha en Madrid a 25 de enero de 1648.- Yo el rey.- Por mandado del rey nuestro señor, Juan Bautista Sáenz Navarrete».
Aunque en estas dos cédulas se improbaba abiertamente cuanto había obrado el señor obispo de la Puebla tanto en orden a los estudios, como al modo violento de pedir las licencias; sin embargo, no se dejaba —334→ de vocear altamente que la corte de Madrid había anulado la elección de conservadores, y todo lo obrado por el excelentísimo Conde de Salvatierra en la recusación de la real audiencia. Pero de estos dos, puntos el primero ya hemos visto que fue por un informe poco sincero, dando a entender que se habían nombrado los jueces por haberse pedido las licencias, callando las circunstancias injuriosas que dieron motivo bastante al nombramiento, y que Su Majestad imprueba en la citada cédula. El segundo artículo de la recusación parecía aun tener mayor verosimilitud; pero aun éste no era tan contrario a la Compañía como se quería dar a entender. Su Majestad no imprueba absolutamente la entera recusación de la audiencia25, pues antes da forma en lo que debe hacerse en caso que suceda otra vez; conviene a saber, que pase el conocimiento a la real audiencia de Guatemala. Tampoco imprueba enteramente las causas de la recusación, pues las había dado por suficientes en la causa de don García Osorio de Valdés, y en la misma cédula añade, que habiéndose mandado cesar al señor obispo en la visita, cesaba también la causa de la recusación. Solo dispone el rey nuestro señor en dicha cédula, que el virrey no pudo avocarse a sí, con solo el dictamen de su asesor, toda la jurisdicción de la audiencia, y que conforme a la ley cuarta, título 10, libro 2 de la Recopilación, debió nombrar algunas personas que reconociesen la suficiencia de las causas y conociesen del negocio, si les pareciesen bastantes. Yerro, que si lo fue, no tuvo en él parte alguna la Compañía, la cual solamente usó de su derecho autorizado con un ejemplo muy reciente, recusando un tribunal que aunque rectísimo estaba dependiente y subordinado al señor obispo visitador.
Lo que en virtud de la resolución de la corte de México se creyó autorizado a obrar el ilustrísimo señor obispo de la Puebla, con la confianza —335→ que le daba la amistad del señor obispo gobernador, se verá por un oficio escrito que se presentó de parte de la Compañía con ocasión de haberse interpuesto este príncipe para tratar de paz, y llamado para este efecto a los padres provincial y algunos otros, el día 22 de setiembre. El padre Pedro de Velasco respondió por dicho escrito, en que se contiene todo cuanto habíamos de referir, que siendo en materia tan delicada y entre personas tan respetables, siempre se le excusa mucha pena a un historiador cuando puede citar documentos que hablen por sí mismos. Dice, pues, así:
De lo obrado por los jueces conservadores, apeló el señor obispo y su provisor, y recurrió al real auxilio de fuerza. La determinación de este artículo se remitió al consejo disponiendo que en el ínterin no se innovase de una ni otra parte, como de la Compañía ni de dichos conservadores no se ha innovado judicial ni extrajudicialmente, de hecho ni de derecho, con obra ni con palabra, como es cierto y consta a Vuestra Excelencia.
Radicada esta causa en el consejo, recurrió el señor obispo a Roma, sin noticia ni recelo de la Compañía, y entre tanto hasta el mes de mayo de este año, se contuvo el señor obispo sin alterar ni innovar sobre lo remitido; y lo que concertó, con que se gozó de paz y quietud, y se pudo avisar a Su Majestad de ello; pero desde mayo en adelante hasta hoy se han movido tantas, tan graves y extraordinarias inquietudes por —336→ parte del señor obispo y su provisor, ejerciendo como juez la jurisdicción que en tantos tribunales está reconocido como parte, que atadas las manos de los jueces inferiores, no queda otro medio que recurrir a Vuestra Excelencia y para que haga guardar y cumplir lo que Su Majestad y en consejo ha resuelto.
Algunas de las innovaciones que el señor obispo, su provisor y parciales han hecho desde el mes de mayo, y proponerlas todas en este escrito no es posible ni conveniente, son: Primera. La mañana del 16 de mayo hizo el señor obispo una demostración pública saliendo en su carroza descubierta acompañado de muchachos y gente vulgar, que celebraban el víctor apedreando las casas de nuestros afectos, e irritándolos con palabras. Este paseo duró largo tiempo por las calles principales de la ciudad, con un solemnísimo y continuo repique. Otras públicas demostraciones y aclamaciones de estas se han continuado después, especialmente con la llegada de flota, ordenadas a celebrar los triunfos que dice haber conseguido en Roma y Madrid contra la Compañía.
Entre los prebendados presos, de que habla el escrito antecedente al número siete, se incluía el señor don Miguel de Poblete, maestre escuela de aquella santa iglesia catedral, a quien el año siguiente presentó Su Majestad para arzobispo de Manila: don Agustín Valdés de Portugal, alcalde mayor de Tepeaca, y que lo había sido de la Puebla, preso, como allí se dice, y despojado de su oficio, apeló a la real audiencia, quien tomando en sí el gobierno después de la muerte del señor obispo gobernador, lo restituyó a su alcaldía y antiguos honores. Intentó lo mismo el señor obispo de la Puebla contra don Diego Orejón, corregidor que había sido de México, y caballero del orden de Santiago, y que había auxiliado a los jueces conservadores en la ausencia del señor obispo, como queda referido. Pidió su Ilustrísima por los procuradores todo lo actuado —339→ por dicho corregidor en la Puebla, e informaciones hechas contra su persona. Nada pudo conseguir por estar todos los escritos en poder del escribano Melchor Suárez, que previniendo este lance se había puesto en seguro muchos días antes, y no es de pasar en silencio que dicho Melchor Suárez había sido criado e íntimo familiar del señor obispo de la Puebla, y secretario suyo en la visita. El señor obispo gobernador, procedió sin embargo contra don Diego Orejón, lo despojó del oficio de corregidor, nombrando en su lugar a don Francisco Córdova, y a influjo de dicho señor obispo de la Puebla cometió su residencia a don Pedro de Oroz, íntimo amigo y apoderado de dicho señor Ilustrísimo. Mas esta residencia anuló después la real audiencia por auto de 5 de julio del año siguiente, restituyendo a don Diego Orejón en su oficio de regidor y corregidor interino. El señor don Juan de Vega, deán de la santa iglesia catedral de la Puebla, y el prebendado Montesinos, se habían con tiempo retirado a México y al colegio de San Pedro y San Pablo donde estaban actualmente cuando se promulgó contra ellos la agria sentencia de que se hace mención en el escrito, y sin embargo de lo cual después de la partida del ilustrísimo señor don Juan de Palafox, fueron por cédula de Su Majestad restituidos, aunque ya entonces el doctor Montesinos había pasado de esta vida. Fuera de estas personas es constante que el señor obispo de la Puebla pidió auxilio para arrestar a otras muchas, entre las cuales se afirmó ser una el mismo padre provincial Pedro de Velasco. No falta quien diga que efectivamente llegó el señor obispo gobernador a darlo firmado de su puño el 13 de agosto de este mismo año. En esto nada se puede averiguar de cierto, lo que si consta es, que habiendo corrido la voz de que pretendían apoderarse de la persona del padre provincial, que por entonces no se hallaba en México, luego que llegó a esta ciudad pocos días después, presentándose al señor obispo gobernador con aquella confianza e intrepidez que le daba su celo y la rectitud de su conducta: «Aquí vengo Señor, le dijo, a que me prenda S. E.». Lo demás que pasó en esta conferencia no se pudo saber: solo se observó que el señor obispo al despedirse quiso arrojarse a los pies y besar la mano al provincial, que salió enternecido a dejarle mucho más trecho del que acostumbraba, y que en lo de adelante se mostró no tan inclinado a los dictámenes del señor Palafox, como había sido hasta entonces.
[Orden al señor obispo de Puebla que pase a los reinos de Castilla] Esta repentina mutación prometía alguna serenidad en los procedimientos del señor Palafox. En México se comenzó a tratar con calor de algunos medios de composición, pero todo se trastornó bien resto —340→ con la venida de las resultas de Roma y de Madrid. De la corte de nuestros reyes no fueron muy favorables al señor obispo de la Puebla: Su Majestad mejor informado, así por el procurador que se había enviado de esta provincia, como por otras personas de fuera de la Compañía, tuvo por bien despachar una cédula en 6 de febrero, en que entre muchas alabanzas correspondientes al mérito de su Ilustrísima, le dice estas palabras: «He juzgado por necesario mandaros, como por la presente os mando, que luego que recibáis ésta lo ejecutéis, y os vengáis sin ninguna dilación en la primera ocasión que se ofreciere, pues pudiéndose creer verosímilmente que al tiempo de vuestra llegada a éstos mis reinos habrá iglesia vaca, la que se proporcionare a vuestras partes y méritos espero señalarla hasta entonces. Espero de vuestra prontitud en la ejecución de mis órdenes, y de lo que me prometo en las obligaciones de vuestra sangre, y de lo que debéis a mi confianza, que sin hacer en esto ningún reparo, facilitaréis el puntual y breve cumplimiento, y yo tendré ocasión para estimar éste por uno de tantos servicios agradables como me habéis hecho. De Madrid a 6 de febrero de 1648. (Mano propia del rey nuestro señor). Estoy cierto que ejecutaréis lo que aquí os ordeno, con la puntualidad con que me obedecéis en todo, por convenir así a mi servicio, y siempre tendré memoria, de vuestra persona para honraros y favoreceros.- Yo el rey.- Por mandado del rey nuestro señor.- Juan Bautista Suárez Navarrete.