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51

En Contreras (1988) y Monés y Salas (1990) se contiene alguna evidencia fragmentaria sobre esta cuestión referida al caso español. (N. del A.)

 

52

El principio de neutralidad no implica que un gobierno no deba nunca incentivar ciertos tipos de actividad ya que la existencia de fallos del mercado (por ejemplo, imperfecciones de la información en el caso del ahorro para la jubilación) justificaría la intervención en alguna circunstancia concreta (ver por ejemplo, Leape, 1990). Por otra parte, desviaciones del supuesto de sustituibilidad perfecta justificarían la optimalidad de cierta diferenciación impositiva. Van Hoa y Reece (1989) ofrecen alguna evidencia acerca del orden de magnitud de estas desviaciones óptimas. (N. del A.)

 

53

Artis y Bayoumi (1989) y Bachetta (1990) analizan con detalle la literatura empírica disponible acerca de las relaciones observadas entre ahorro e inversión en los principales países desarrollados. (N. del A.)

 

54

El plazo máximo que fija la Directiva del Consejo de 24 de junio de 1988 para el desmantelamiento de los controles de capitales en España concluye el 1 de enero de 1993, aunque existen indicios de que este plazo no será agotado. (N. del A.)

 

55

Ver, por ejemplo, el análisis comparativo desarrollado por Gros (1990). (N. del A.)

 

56

Para una exposición más detallada, ver Gros (1990) y González-Páramo (1990). (N. del A.)

 

57

Tipos más frecuentes. Existen abundantes excepciones. (N. del A.)

 

58

Tipos más frecuentes. Existen abundantes excepciones. (N. del A.)

 

59

E: exención; ELP: exención de plusvalías a largo plazo; IR: impuesto general sobre la renta; TF: tipo fijo; ME: mínimo exento. (N. del A.)

 

60

La retención sobre rendimientos de los AFROS (55%) no es formalmente liberatoria, aunque la ausencia de información sobre los perceptores convierten de hecho la retención en definitiva. (N. del A.)