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Prosigue la lección I, y se trata del derecho de propriedad, y de la división de las posesiones.

     En el primer estado de Cazadores apenas tendrían los hombres en propriedad las tristes pieles con que se cubrían, y los instrumentos para la caza; todos los demás bienes serían comunes. Y esta es la causa de que los pueblos bárbaros exercen la hospitalidad con igual franqueza a la que refiere Tácito de los Germanos, que en gran parte se hallaban en este estado. Los pueblos Nomades, o Pastores poseían en propriedad los bienes muebles; pero no se cuidaban de adquirir la propriedad de los raíces: de la opción que hace Abrahán a su sobrino Lot, que se separe a la diestra o a la siniestra, se conoce claramente que, los pastos todavía eran comunes. Las familias que se dedicaron a la agricultura, parece que al principio sólo se apropriaban los campos que cultivaban; y poco a poco, como iba creciendo su industria, y abriendo nuevas tierras, se extendía su derecho de propriedad. Por eso las cosas que podían bastar para el uso común del pueblo, eran comunes a todo él, como los bosques para hacer leña, y los prados para el pasto de sus ganados; y las cosas que podían bastar para el uso común de todos los hombres, eran comunes de todo el género humano, como los mares y las riberas. Esta es la división de las cosas, que observaron los Romanos, y todavía se mantiene en muchas naciones cultas. Pero después, habiendo el comercio que hacen las naciones de Europa por todo el universo, llegado hasta circunscribir y agotar las utilidades que pueden producir aún aquellas cosas cuyo uso parece inagotable, extendieron las Naciones comerciantes su dominio o su imperio a todas las cosas(5): de suerte que el mar, las riberas, y las otras cosas que los Jurisconsultos Romanos tenían por comunes, se las han apropriado, o a lo menos se las han pretendido apropriar las Potencias comerciantes.

     De esta narración del origen y progreso de la propriedad y dominio sobre las cosas aparece que los hombres se han apropriado aquellas cuyo uso no podía bastar para todos; y que las otras que podían bastar comúnmente para todos, las han dexado en la comunión. Por eso en la Palestina, donde el agua era muy escasa, los pozos desde el tiempo de los Patriarcas estaban en propriedad, en cuyo tiempo, como hemos visto, todavía eran comunes las tierras. Y esta ha sido la causa de haberse introducido la propriedad de las cosas junto con el cultivo de los campos, porque las tierras cultivadas no podían bastar a todos: como también la causa de haberse extendido con el comercio la propriedad a todas las cosas; porque con él se halló el modo de agotar las utilidades que producían. Ya hemos visto con qué generosidad los antiguos Germanos mantenían a sus huéspedes; pues desde luego que se establecieron en el Imperio del Occidente, y se dividieron las posesiones, comenzaron a serles gravosas estas costumbres, y fue preciso que las leyes les obligasen a la hospitalidad, como se ve en el código de los Ripuarios y de los de Borgoña; y los Holandeses, pueblo muy comerciante, que habita, el país de los antiguos Germanos, está tan lejos de imitar sus costumbres, que en él se venden hasta los oficios de humanidad y de innoxia utilidad.

     De lo dicho se colige, que para aumentar la agricultura y el comercio, y con él las artes y riquezas del Estado, es necesario dividir todas las tierras, y extender el derecho de propriedad a todas las cosas: porque no es posible que los hombres se fatiguen mucho para mejorar las cosas, cuya utilidad han de dividir con otros(6); y así la comunión de los bienes en la presente condición de los hombres impide la cultura, industria, y riquezas de un país. Los viageros cuentan que hay en cierto ángulo de la Europa una nación, cuyas leyes prohíben apropriarse las tierras y pastos comunes: sin duda que estas leyes no tienen por objeto destruir los pobres, sino rnantenerlos.

     Ya hemos visto el origen del derecho de propriedad: hagamos ahora una observación sobre la división de las posesiones, cuya observación ha de ser la basa de quanto nos hemos propuesto tratar en estas Lecciones; y es que en toda nación culta de qualquier modo que al principio se dividan las tierras, siempre con el tiempo vendrán a recaer en un corto número de personas(7); y aun estas las poseerán desigualrnente. Porque si un Príncipe a la frente de su exército conquistase alguna región, y la dividiese entre sus Oficiales y soldados, dando a cada uno la porción que correspondiese a su mérito, como se hizo en la recuperación de nuestra España: o si las tierras se repartieran entre los antiguos moradores y los conquistadores, como hicieron los Godos en la misma, tomando para sí dos partes, y dexando a los Romanos vencidos la tercera, baxo cierto censo: siempre el número de los proprietarios, o absolutos o dependientes, sería corto respecto de los muchos que no poseerían hacienda alguna.

     Pero aunque supongamos que al principio se dividiesen con igualdad las tierras entre los nuevos pobladores de un país, como hizo el Pueblo Hebreo y después el Romano; con todo en breve tiempo recaerían las posesiones en poder de un corto número de moradores. Porque entre estos ciudadanos uno tendría muchos hijos, otro tendría sólo uno, y otro moriría sin hijos, y tal vez este antepondría dexar su porción a los que solo tenían un heredero, que a los que tenían muchos hijos. Por otra parte aquellos a quienes cupo una pequeña porción de tierra, u obligados de la necesidad, o por descuido y floxedad, y muchas veces por mala conducta, venderían sus haciendas, las que regularmente comprarían los más ricos. Y de esta manera las posesiones dentro de muy breve tiempo pertenecerían a un corto número de personas.

     Nada prueba con más evidencia la certeza de esta observación, que los esfuerzos que han hecho los más sabios Legisladores para precaver entre sus ciudadanos la desigualdad de las posesiones; y con todo rara vez ha correspondido el efecto a su cuidado y desvelos. Entre los Legisladores que procuraron mantener la igualdad de las posesiones(8), merece el primer lugar Moysés, como inspirado del mismo Dios. Josué por orden suya distribuyó entre las familias de los Israelitas las tierras de Palestina, que Dios les había prometido; sólo la Tribu de Leví, que había de llevar el diezmo de todas las producciones de la tierra, no obtuvo parte alguna en esta distribución. La porción de cada familia era inagenable, como se prueba claramente de la historia de Nabot y Acab; y si alguno obligado de la necesidad vendía sus bienes, esta venta solo subsistía hasta el año del Jubileo, que era de cincuenta en cincuenta años, y entonces se restituían a cada uno sus posesiones. La hija heredera no podía casar fuera de la familia; y muerto el primogénito, el segundo se desposaba con la viuda de su hermano mayor para que continuase la familia del primogénito. Aunque estas sabias prevenciones mantuvieron tanta igualdad entre los Hebreos quanta fue el designio del Señor que hubiese; con todo no impidieron las extraordinarias riquezas de Nabal aun en el tiempo de Saúl, tiempo en que el Pueblo de Israel todavía no conocía el comercio del mar.

     Licurgo y Solón, los mas célebres Legisladores de la Grecia, intentaron por diversos medios la igualdad de las posesiones, que tampoco pudieron conseguir. Verdad es que eran mas arduas las circunstancias en que se hallaban, porque no se trataba de dividir de nuevo las posesiones, sino de quitarlas a los ricos que las obtenían, en favor de los pobres que las deseaban. Para esto logró Licurgo de sus conciudadanos, no sin gran repugnancia de ellos, que se hiciese una nueva partición de las tierras; y habiendo abolido el uso del oro y de la plata, substituyendo en su lugar un hierro gastado, para que sirviese de moneda, quitó a sus ciudadanos los medios de enriquecerse, y previno al mismo tiempo la desigualdad de las posesiones. Pero desde luego que Lisandro les restituyó el uso de los metales preciosos, se arruinaron con este solo golpe todas las instituciones de Licurgo.

     Procuró también Solón, pero con mucha más cautela, igualar las posesiones de sus ciudadanos; y no atreviéndose a proponerles una nueva ley agraria, consiguió a lo menos variando la estimación de la moneda, defraudar en gran parte a los ricos de las crecidas sumas que los pobres les estaban debiendo. Y debemos tener presente que Atenas era una Ciudad de Comerciantes, cuyos principales fondos consistían en dinero y otros bienes muebles; y la Ática es una tierra estéril, y de muy corto producto. Pero todo su cuidado no bastó para estorbar las facciones y sediciones que después se suscitaron entre los pobres y los ricos y de las que se queja amargamente Demóstenes en la Filípica tercera.

     Finalmente los Romanos enseñados con el exemplo de los Griegos, fueron a un mismo tiempo los que más trabajaron para establecer la igualdad de las posesiones, y los que estuvieron mas lejos de poderla conseguir. Dividiéronse primeramente las tierras dando a cada ciudadano dos yugadas, y se estableció por ley que ninguno pudiera tener más de cincuenta. A más de esto la ley Voconia excluía a las mugeres de la herencia, para que no pudieran juntar la porción de sus padres con la hacienda de sus maridos; y la ley de las doce Tablas sólo llamaba, para la succesión intestada a los parientes agnados; esto es, a los de la misma familia. Finalmente para que se conservasen los patrimonios separados, cada herencia era como una cosa sagrada, habiendo ciertos ritus y sacros familiares que se debían conservar en cada una de ellas. No obstante todo esto, era tan enorme la desigualdad de las posesiones, que el pueblo clamaba continuamente por nuevas leyes agrarias, y fueron causa de muchas y muy sangrientas sediciones, como consta de toda la historia de aquel pueblo, y especialmente del exemplo de los Gracos.

     De aquí parece que se pueden deducir dos conseqüencias: la primera es, que toda ley agraria es injusta(9), porque tiene por objeto despojar a los proprietarios de sus haciendas para heredar a otros que no tienen en ellas derecho alguno. La segunda, que toda ley agraria es inútil, porque con ella se pretende establecer cierta igualdad entre las posesiones de los ciudadanos, a la qual la misma naturaleza de la sociedad civil se opone.

     Como pues todos los hombres se mantienen de los frutos de la tierra, y esta pertenece a un corto número de personas, a quienes llamamos proprietarios, es necesario que en una nación culta todos vivan a expensas de los proprietarios; y como estos por otra parte necesitan del trabajo de los labradores para que cultiven sus heredades, y de la industria de los artesanos para que den nueva forma a las producciones de sus tierras y las acomoden a sus usos: es preciso que haya comunicación y comercio entre los proprietarios de las tierras y los demás hombres; para el qual es menester que se aprecien por una parte los frutos de la tierra, y por otra el trabajo de los colonos y artesanos. Pues de esta división de personas en proprietarios y asalariados, y del precio de las cosas que de ella resulta, nos proponemos tratar con más extensión en la lección siguiente.

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Lección II



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De la división de las personas en proprietarios y no proprietarios, y del precio de las cosas.

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Parte I

División de las personas

     En las naciones civilizadas sólo los proprietarios de las tierras y el Príncipe a quien estos tributan parte de las producciones de sus haciendas, viven con independencia; los demás todos subsisten a expensas de los proprietarios: y de aquí nace la división de los moradores de un estado civilizado en dos clases, una de proprietarios, y otra de asalariados, que viven al sueldo y expensas de aquellos(10). Por que si los proprietarios trabajasen por sí todas las tierras, y no distribuyeran los productos a las demás clases del Estado, los otros habitantes no se podrían mantener. Luego todos viven a expensas de los proprietarios. Verdad es que en las Ciudades grandes suele haber muchos artesanos y mercaderes, que se mantienen del comercio con los extrangeros, y estos aun en la hipótesi que hemos hecho podrían subsistir. Mas esto no prueba que los habitantes de un país no viven a expensas de los proprietarios, porque aquellos se mantienen a costa de los proprietarios extrangeros.

     Con todo, los proprietarios no tienen libertad para dexar sin medios de subsistir a las otras clases del estado, porque necesitan del trabajo, industria, y también de la ciencia y del valor de las otras clases, para poder gozar de sus posesiones con seguridad y tranquilidad. Porque primeramente, como las tierras sin cultivo no producen, y su producto es mayor, quanto más cuidado se pone en cultivarlas y abonarlas: necesitan de los labradores para el cultivo de sus heredades. En segundo lugar, como las producciones de la tierra, que sirven de primera materia a las artes, son inútiles para el servicio de los hombres, si estas no les dan nueva forma y las acomodan a sus usos: necesitan igualmente los proprietarios de los artesanos que con su trabajo, e industria hacen útiles los productos de sus tierras.

     Aunque parece que de estas dos clases de labradores y artesanos son de las que más necesitan los, proprietarios; con todo no podrían gozar con comodidad y tranquilidad de sus posesiones, si no hubiera otra clase de personas empleadas en transportar los frutos de la tierra, y las producciones de las artes de unos lugares a otros; y en reservarlas para quando los proprietarios y las demás clases del Estado las necesiten, que son los que llamamos Traficantes y Comerciantes. Entre estas clases sería imposible conservar el buen orden y enfrenar la malicia de muchos de sus individuos, si no hubiera otra clase de sugetos destinados para instruir, ilustrar, gobernar y dirigir a los demás, como son los Maestros de la Religión, y de las ciencias, y también los Magistrados con sus subalternos, que nosotros llamaremos la clase de los Directores. Finalmente toda la nación sería fácil presa de algún vecino ambicioso, si no hubiera otra clase de personas dedicadas a protegerla, y a exponer su vida para conservar la de sus ciudadanos; cuya clase la llamaremos como Platón de Defensores.

     Todas estas cinco clases de Labradores, Artesanos, Comerciantes, Directores y Defensores, de las quales, junto con la de los Proprietarios, se compone todo pueblo civilizado(11), viven, como hemos dicho a expensas y al sueldo de los proprietarios. Porque todos subsisten de los frutos de la tierra, y estos pertenecen a los proprietarios. Pero como estas clases se sirven mutuamente las unas a las otras, a primera vista no aparece que todas se mantengan a costa de los poseedores de las tierras. Verdad es que el sueldo que estas clases gozan de los proprietarios, no siempre es determinado y cierto, como el de los jornaleros, sino que muchas veces es incierto, como el de los Comerciantes: lo que explicaremos con mas extensión al fin de esta Lección. Hemos dicho que en un Estado sólo el Príncipe y los proprietarios viven con independencia, y los demás todos dependen de ellos. Porque aunque es cierto que el Mercader, o el sugeto de otra clase que posee muchos bienes muebles, en quanto estos equivalen a una hacienda, puede ser reputado por proprietario; con todo los bienes de esta especie, aun el oro y la plata, están expuestos a más pérdidas que la propriedad de las tierras. De aquí resulta, que en todas las naciones cultas los proprietarios de las tierras son tenidos en la mayor estimación: porque naturalmente nos llevamos a respetar a aquellos cuya fortuna nos parece más cierta y asegurada. Y de aquí nace también el influxo que tiene su modo de vivir y de pensar en las otras clases del Estado; así porque de algún modo todos necesitan de los proprietarios, como porque todos procuran imitarles.

     Esta división de las personas que componen un Estado en proprietarios, y asalariados causa la actividad, e industria de todo él, y aumenta las riquezas de la nación. Porque los proprietarios procuran mejorar sus tierras para tener productos sobrantes con que convidar a las otras clases a que trabajen en su favor, y los otros se fatigan y desvelan para lograr de los proprietarios los frutos de la tierra en recompensa de su trabajo: causa también en el Estado la recíproca unión y necesidad de todas las partes que le componen; y finalmente introduce el comercio y precio de las cosas(12). Porque los proprietarios no querrán por lo general dar el fruto de sus heredades, sino en recompensa del trabajo de las otras clases: y estas no querrán emplearse en servir a las comodidades de los proprietarios, si no reciben por su trabajo una parte de los frutos que sea proporcionada al valor de sus tareas; y esta estimación relativa es lo que se llama precio. De suerte que la división de las personas fomenta la industria y el trabajo; introduce el comercio y el precio de las cosas. Pero antes que tratemos de esta materia, expondremos con brevedad el progreso de la población en una Sociedad civil.

     De qualquier modo que se empleen las tierras, bien sea en pastos, en mieses, o en viñas, siempre es preciso que los renteros y labradores tengan su habitación cerca de sus heredades; porque si no, perderían en ir y volver el tiempo que habían de emplear en sus labores. De aquí proviene el que haya Aldeas esparcidas por las tierras que se cultivan, en las que no sólo viven los labradores, sino también aquellos artesanos de primera necesidad, que estos emplean; y por eso quando las tierras sólo son buenas para pastos, hay muy pocas Aldeas y muy pequeñas, quantas son suficientes para asilo de los pastores empleados en la guarda de los ganados(13).

     Quando entre muchas Aldeas vecinas hay, alguna donde se ha establecido mercado en cierto día señalado, suelen concurrir a él los de las otras Aldeas a comprar los géneros que necesitan, y a vender las producciones de sus campos: desde luego se domiciliarán en aquel Lugar algunos traficantes y artesanos para evitar el rodeo de ir y volver a las Aldeas a vender sus géneros; y es natural que de aquí haya provenido el que en medio de muchas Aldeas se formasen otros pueblos mayores, que llamamos Villas; las que serán mayores o menores a proporción del número de renteros, y jornaleros, que se necesitan para el cultivo de las tierras de su depencia; del número de los traficantes y comerciantes que se emplean en el comercio de las Aldeas vecinas; y en fin del número de personas que viven a expensas de los proprietarios que han puesto su residencia en aquella Villa.

     Es regular que los proprietarios cuyas haciendas son cortas, vivan en las Aldeas, o en las Villas cerca de sus heredades: pero aquellos que poseen grandes rentas, suelen vivir lejos de sus tierras junto con otros Señores de la misma clase. En el pueblo donde los proprietarios hayan fixado su domicilio, expenderán los frutos de sus posesiones, excepto aquella parte que habrá quedado en las Aldeas para mantener a los colonos: es regular que allí construyan casas grandes y acomodadas para su habitación; y que los mercaderes, y artesanos, se establezcan en el mismo pueblo para subministrar a los proprietarios los géneros de que necesitan; como también, que gentes de todas profesiones se establezcan en el mismo lugar a proporción del número y riqueza de los proprietarios y de su modo de vivir y de pensar. De la unión pues de los proprietarios en un mismo lugar, se forman los pueblos grandes que llamamos Ciudades; las que se engrandecen todavía más, quando el Príncipe establece en ellas Tribunales de justicia adonde tengan recurso los de las Aldeas y Villas de aquella Provincia, o distrito; y también se aumentan quando se establecen fábricas, así para el consumo interior de los ciudadanos, como para vender a los extrangeros.

     La Ciudad capital de un Reyno, que llamamos Corte, se forma del mismo modo que una Ciudad de Provincia, con sólo la diferencia de que los más ricos proprietarios de todo el Estado viven en la capital: que el Príncipe y sus Ministros residen en ella y expenden parte de los réditos del Estado: que están allí establecidos los Tribunales supremos, con cuyo motivo aun los proprietarios de las Provincias suelen de tiempo en tiempo ir a la capital: y finalmente que es el centro de todo el Estado, de suerte que sus costumbres, trato y modo de vivir sirven de modelo a todas las Provincias. Por eso los proprietarios de estas suelen enviar sus hijos a la capital para que se eduquen y formen a su modo de vivir: costumbre tan antigua, que de ella hace mención el Rey D. Alonso el Sabio en una de sus Leyes de Partida. De aquí proviene que quando el Príncipe muda de Corte, decae la grandeza de la Ciudad antigua, y se engrandece otra nueva, como sucedió a Toledo y Madrid, y no muchos años ha a las dos Ciudades de Moscou y Petersburgo. Explicado ya el progreso de la población de una Sociedad civil, pasemos a tratar del precio de las cosas.

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