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Op. cit., p. 241, n. 1.
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Por ejemplo en el Acto XVI, donde Pleberio y Alisa discuten el posible casamiento de Melibea. La declaración de Pleberio de que «las leyes dan libertad a los hombres y mugeres, avnque esten so el paterno poder, para elegir» (p. 259), por sorprendente que parezca al estudioso de la literatura española del Siglo de Oro, es exacta, como otra vez demuestra la Celestina comentada (f. 195v, n. 24). En varias otras ocasiones el vocabulario, incluso de los personajes menos educados, sigue siendo a veces matizado de reminiscencias del léxico de los juristas. Así el mozo Sosia habla de «los falsarios reboluedores» y sugiere a Areusa «no alarguemos los testigos» (p. 266). Se encuentran frases de la misma estirpe en el lamento de Pleberio: así «niqua es la ley que a todos ygual no es» comenta el padre de Melibea, protestando contra la arbitrariedad del dios Amor.