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Descrito por Pérez Pastor en su Bibliografía Madrileña, n. 354. La Epístola al Marqués ha sido reproducida en las pp. 518-520 del tomo XLII de la Biblioteca de Rivadeneyra.

 

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Ejemplo de tan noble conducta se halla todavía en las dos escrituras de donación extendidas a favor del célebre dramaturgo don Guillén de Castro, la una por don Juan Téllez Girón, Marqués de Peñafiel, gentil-hombre de la Cámara de Su Majestad, e hijo primogénito de don Pedro Girón, duque de Osuna y virrey de Nápoles entonces, y la otra por este, fechadas en 1619 y publicadas por Pérez Pastor en las págs. 345-347 del tomo III de su citada Bibliografía: uno y otro donante serían, pues, el hijo y nieto de nuestro marqués.

 

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Poder suyo extendido en 4 de enero de ese año. Protocolo de Francisco Sánchez de Valdés, sin foliar, en el Archivo Notarial de Madrid.

 

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Protocolo de Bartolomé Sánchez Román. Id., id.

 

85

Protocolo de Bartolomé Sánchez de Valdés.

 

86

Id., id.

 

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He aquí el texto del documento a que aludimos:

Sepan cuantos esta carta de donación e traspaso vieren, cómo yo Diego de Morillas Osorio, estante en esta corte, otorgo y conozco por esta presente carta y digo que por cuanto yo soy en mucha carga y obligación al señor licenciado Juan de Morillas Osorio, del Consejo de Su Majestad, en el Audiencia Real de Sevilla, en lo mucho que ha gastado comigo y en alimentarme y en las deudas que ha pagado por mí, lo cual monta todo más que lo que yo tengo, y porque siempre me ha socorrido y socorre y me provee de lo que he menester; por tanto, que teniendo respeto a la dicha obligación y a que la memoria de mi padre, que está en el cielo, se conserve y que estando la hacienda en uno se conserve, otorgo e conozco que dono e cedo e renuncio y traspaso y hago donación pura, perfeta, inrrevocable, que es dicha entre vivos, en el dicho señor licenciado Juan de Morillas, del Consejo de Su Majestad en el Audiencia Real de Sevilla, mi hermano, toda la hacienda que a mí me cabe y pertenesce y he de haber como uno de cuatro herederos del licenciado Cristóbal de Morillas, del Consejo que fue de Su Majestad, mi señor e padre, difunto, y doña Beatriz Osorio, mi madre, en cualquier manera me pertenezca y haya de haber, e todos los derechos e abciones que me pueden pertenescer; todo lo cual cedo y renuncio y traspaso en el dicho ilustre señor licenciado Juan de Morillas Osorio, para que de todo ello sea señor y haga dello como de cosa suya propia a su voluntad, según e como bien visto le fuere e por bien tuviere, y me obligo que esta dicha obligación le será cierta y segura e no iré ni verné contra ella en manera alguna; y confieso que la contía que yo he rescibido del dicho señor licenciado Juan de Morillas Osorio, mi hermano, e lo que ha pagado por mí vale y monta más que la contía de que yo le hago esta dicha donación y traspaso [...] (Siguen las cláusulas del derecho) [...]: que fue fecha y otorgada en la villa de Madrid, estando en ella la Corte y Consejo Real de Su Majestad, a trece días del mes de Mayo de mill y quinientos y setenta y tres años, siendo presentes por testigos Juan Pérez e Gaspar Díaz e Bernabé de Pliego, correo de a caballo de Su Majestad, estantes en esta corte, y el otorgante que doy fee conozco, lo firmó de su nombre. -Diego de Morillas Osorio. -Pasó ante mí. -Francisco Sánchez de Valdes. (Hoja 75 del protocolo del año citado).



 

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Historia genealógica de la Casa de Lara. Así, por ejemplo, dice (t. II, p. 842) que doña María de Morillas Osorio, señora de los mayorazgos de Bayona y de Valverde, que casó en 1618 con don Fernando Guillamas, era hija de don Luis de Morillas Osorio, gentil-hombre de la Casa Real, hijo, a su vez, de don Pedro de Morillas Osorio, también gentil-hombre de S. M., y de doña Catalina de Luján y Vargas, que en 1600 celebró matrimonio con doña Antonia Solís Manrique, de donde provenía su entroncamiento con la Casa de Lara.

Vaya esto en abono de la opinión en que estamos acerca de la situación expectable que los Morillas ocupaban en Corte.

 

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D. Ángel Lasso de la Vega en su Historia y juicio crítico de la Escuela poética sevillana en los siglos XVI y XVII, en el artículo que dedica a Mosquera de Figueroa (págs. 284-288) señala el año de 1553; y a esta fecha se inclina también Rodríguez Marín (Luis Barahona de Soto, I, pág. 143), en vista de que Mosquera al extender en Sevilla, el 20 de agosto de 1576, una escritura, lo hace con licencia de su padre, circunstancia que supone no había llegado aún entonces a su mayor edad; y, siendo esto así, tendremos que desechar el dato de Pacheco de que Mosquera, al tiempo de su fallecimiento, ocurrido en 1610, contaba 63 años.

Rodríguez Marín en nota a la página citada de ese su libro, ha extractado el expediente que por medio de procurador siguió Mosquera, en 1585, para acreditar su hidalguía y librarse por ello de la blanca de la sisa que le exigía el Cabildo de Sevilla. De los documentos instrumentales alegados en el pleito consta que «su abuelo paterno; Cristóbal Mosquera de Figueroa, era natural de Badajoz, desde donde vino a residir a Sevilla con doña Juana Enríquez, su madre, bisabuela del litigante, ya viuda de Pedro Mosquera de Moscoso, la cual doña Juana, por su parentesco con los Duques de Arcos, residió algún tiempo en Marchena, en la casa solariega de estos. El dicho abuelo Cristóbal Mosquera de Figueroa, que algunos testigos llaman de Moscoso, había muerto "de una pieça [de artillería] que le auia fecho pedaços". De los padres del litigante había habido dos hijos, además de este, otros llamados Juan de Figueroa, Melchor de Figueroa, doña Marra Enríquez y doña Luisa de Moscoso, y, en fin, todos ellos eran gente tenida por hidalga, y sus enlaces fueron legítimos, etc. Esto probado, se concedió al demandante la declaración de hidalguía solicitada, por sentencia en grado de revista dada en Granada a 21 de Julio de 1587, ante Juan López Bravo, escribano mayor de los hijosdalgo».

 

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Rodríguez Marín, en su obra citada, nota a la página 142, en la cual ha insertado una carta de Mosquera al Cabildo de Sevilla, fechada en Utrera el 9 de mayo de 1579, informándole de sus procedimientos contra los miembros del Concejo de esa ciudad y asegurando que por el discurso de su residencia se tendría muestra de la administración del oficio que desempeñaba.

Don Luis de Salazar y Castro en su Historia genealógica de la Casa de Lara, II, p. 757, n. 7, habla de un Cristóbal Mosquera de Figueroa, arcediano que fue de Antequera, hijo del comendador Gómez Suárez de Figueroa y de doña Catalina Lasso de la Vega: datos que Franckenau (Lucas Cortés) aplicó al autor del «Elogio» a Ercilla, sin considerar que tal carácter de eclesiástico no se aviene con lo que sabemos de su profesión de militar y de jurista.

De paso diremos que incurre en error aquel literato al afirmar que el «Elogio» salió en la edición de La Araucana de 1597, siendo que, en verdad, se había impreso ya en la de 1589-1590.