Selecciona una palabra y presiona la tecla d para obtener su definición.
Indice
Abajo

Decreto de 1.º de enero de 1862 sobre elección del que deba sustituir al Jefe Supremo

Venezuela



José Antonio Páez, Jefe Supremo de la República, decreto:





Artículo 1. Para que me supla en el ejercicio del Poder Supremo, conforme al artículo 3 de mi Decreto orgánico, se nombrará un sustituto de la manera siguiente:

Artículo 2. Los concejos municipales de la República se reunirán el día último de febrero próximo, y sufragarán en votación secreta por el Sustituto.

Artículo 3. El ciudadano que en esta votación reúna la mayoría absoluta de votos, habrá obtenido el voto del cantón a que el Concejo pertenezca.

Artículo 4. Si de la votación del Concejo no resultare la mayoría absoluta en favor de un ciudadano, se concretará la votación a los dos que hayan obtenido mayor número de votos; y si en este caso hubiere empate, decidirá la suerte.

Artículo 5. Los concejos remitirán el acta de votación al Gobernador de la provincia respectiva, sin dilación y con toda seguridad; y aquel funcionario las enviará inmediatamente al Gobernador de Caracas. Este retendrá en su poder los de esta provincia.

Artículo 6. Los concejos enviarán también directamente un duplicado del acta respectiva al Gobernador de Caracas, por si se extraviare la copia principal.

Artículo 7. El 15 de abril próximo, el Concejo de Caracas, presidido por el Gobernador de la provincia, practicará el escrutinio de las votaciones de los concejos, y declarará elegido para sustituto al ciudadano que haya obtenido la mayoría absoluta de los votos de los cantones representados por aquellos.

Artículo 8. Al calcular la mayoría de los cantones, no se tendrán en cuenta aquellos cuyas actas no hayan venido al poder del Gobernador de Caracas.

Artículo 9. El resultado del escrutinio se participará inmediatamente a mi Secretario general.

Artículo 10. Si del escrutinio resultare que ningún ciudadano ha obtenido la mayoría absoluta de los votos de los cantones, el Consejo de Estado, presidido por mí, hará la elección de sustituto, concretándola a los dos que hayan obtenido la mayoría relativa de aquellos votos.





Dado en el Palacio de Gobierno, en Caracas, a 1 de enero de 1862.-José A. Páez. Por S. E.-El Secretario general, Pedro José Rojas.



Indice