Juicio crítico de la Novísima Recopilación
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Censura dada a esta obra de orden del Consejo Real por el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid
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Defectos consiguientes al sistema adoptado y seguido en todas las copilaciones de las leyes del Reino
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Anacronismos, errores y falta de exactitud en las citas de los autores de las leyes y de los documentos de donde se tomaron
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Leyes forjadas de documentos contrarios y opuestos entre sí mismos o citados inoportunamente y en perjuicio de la claridad de la ley; atribuídas a reyes, o que nada resolvieron sobre el asunto o resolvieron lo contrario
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Leyes anticuadas y de ningún uso en nuestros días, por haber cesado las causas, fines y objeto de su publicación
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Leyes repetidas, redundantes y superfluas
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Confusa mezcla de leyes vivas y muertas, derogantes y derogadas, y que en todo o en parte chocan y se contradicen en sus disposiciones
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Leyes erradas, interpoladas y no conformes con las originales de donde se tomaron
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Leyes que no merecen este nombre, y solamente contienen amonestaciones, recuerdos, encargos, declaraciones y providencias particulares, decretos temporales y órdenes ceñidas a asuntos, casos y personas determinadas
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Leyes que atendida su materia, objeto y estilo son impropias y ajenas del Código nacional
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Leyes omitidas, y que se echan de menos en la Novísima Recopilación
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Falta de orden y método
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Observaciones sobre novedades introducidas en la Recopilación por su último redactor, y juicio de las notas